Supongo que cuando firmó el contrato no lo habrá autorizado de forma expresa.
No le queda otro camino que tolerar la situación o ir a un abogado para que resuelva el contrato.
No firme ningun papel ni acepte pago, ni firme recibos a nombre del nuevo ocupante de la vivienda.
Si conoce que "su inquilino", no el nuevo, se ha empadronado en otra vivienda, es porque debe haber hecho gestiones. Si ya no vive en la casa, no es subarriendo parcial de vivienda-, Si no vive es cesion de contrato. En ambos casos se puede resolver el contrato.
El criterio que yo seguiría para tomar una decisión, es la solvencia economica de la persona a la que arrendé la casa. Si es solvente y tiene empleo fijo, nadie quiere líos de juzgado. Entérese bien. Tome una decisión y no escriba: Ni mensajes, ni whatsapp, sin permiso de su abogado. Suerte