Consulta sobre declaración de ingresos clases online

Me atrevo a hacerle esta pregunta porque veo que sabe sobre el tema. Actualmente soy docente a jornada parcial a través de dos empresas, con ingresos que no llegan al SMI. Y a través de una web, tengo ganas de dar clases online de idiomas. La web es como el intermediario, te busca los alumnos y factura por mi. Yo voy generando ese dinero en una especie de hucha virtual, y cuando tenga una cantidad considerable podría retirar esos fondos en una cuenta mía. Por supuesto, las clases y demás se dan a través de la web. ¿Debo hacerme autónoma para esa gestión? Es que los ingresos serían muy variables de 200 o 300 euros mensuales incluso menos. Porque veo gente que anula reservas y demás.

Por otro lado, al registrarme en la web me piden datos fiscales con respecto a la ley DAC7 de comercio electrónica. Ya que la web compartirá mis datos fiscales con el gobierno. No se como luego justificar esos ingresos, o declararlos como es debido.

Respuesta

En España la agencia tributaria y la seguridad social te obligan a darte de alta respectivamente la actividad económica y autónomos en cuantos tengas ingresos recurrente. ¿Que es un ingreso recurrente para hacienda y seguridad social. Pues que se repita la menos 3 veces en el año un ingreso sean cual sean las cantidades.

¿Qué es lo que pasa? Podrías pensar que, desde el punto de vista fiscal, si retiras solo una o dos veces a año el importe de tu hucha pues se pueden considerar como ingresos no recurrentes. Pero esto que te cuento esta cogido con pinzas. El decir el mero hecho de no cobrar a tus clientes no exime de tus obligaciones fiscales. Tu caso seria el mismo. El mero hecho de no retirar los ingresos de la plataforma, no quiere decir que no tengas ingresos recurrentes

Dicho esto, Gastos que tienes que tener en cuenta si te das de alta como empresaria.

1.- Autónomos:

  • Tramo 1: primeros 12 meses: cuota de 60 euros (reducción del 80 % sobre la cuota base).
  • Tramo 2: meses 13 al 18: reducción del 50 %.
  • Tramo 3: meses 19 al 24: reducción del 30 %.
  • Tramo 4: meses 25 al 36: reducción del 30 % para nuevos autónomos menores de 30 años y autónomas menores de 35 años.

Te en cuenta que a partir del mes 36 tendrás que pagar la cuota entera, siendo de 230€/mes la cuota más baja para 670€ de ingresos mensuales.

2.- Gestoría: Si te das de alta, es necesario el gasto de gestoría. Tendrás que liquidar diversos modelos trimestrales y anuales y si no conoces el sistema fiscal, se torma muy difícil o imposible. Cuenta con un mínimo de 60€ al mes.

Si quieres más info escríbeme por privado y te aconsejo de todas las cosas a tener en cuenta. David 661347844

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