Que debo hacer si soy autónomo desde hace meses
Soy autónomo desde agosto del año pasado por lo que pago menos. ¿Debo notificar mis ingresos reales para la nueva cuota?
1 respuesta
I. Hola Daniela, en mi caso no soy experto pero sí lector habitual de la página, deseaba trasladarle la información que ví sobre este tema por si pudiese serle de alguna utilidad mientras le responde un abogado o persona conocedora.
Le ruego me disculpe la imprecisión y las molestias de tanta lectura, ánimo.
https://www.sage.com/es-es/blog/obligaciones-autonomos-declaracion-ingresos-reales-seguridad-social/
https://www.inclusion.gob.es/web/guest/w/la-seguridad-social-lanza-un-simulador-para-que-los-autonomos-puedan-calcular-la-cuota-que-pagaran-en-2023%C2%A0
https://getquipu.com/blog/nuevo-sistema-de-cotizacion-para-autonomos-en-funcion-de-ingresos-reales/
https://www.coaatz.org/nueva-cuota-de-autonomos-2023-cotizacion-por-ingresos-reales/
https://www.coaatz.org/nueva-cuota-de-autonomos-2023-cotizacion-por-ingresos-reales/
La nueva cuota de autónomo se calculará como siempre. Es decir, será el 31,2 % de tu base de cotización (incluido el 0,6 % en concepto de MEI, el mecanismo de equidad intergeneracional).
Pero ahora, tal y como te hemos contado, tendrás que elegir la base según tus rendimientos netos mensuales.
Estos los calcularás teniendo en cuenta lo siguiente:
- Tus ingresos anuales
- Los gastos anuales relacionados con tu actividad (o gastos deducibles)
- El importe anual de cuota de autónomo
Una deducción por gastos genéricos del 7 % (para los autónomos societarios, del 3 %)
Vamos a verlo todo con el siguiente ejemplo:
Pongamos que tienes una estimación de ingresos anuales de 50.000 € y unos gastos anuales de 10.800 € (de los que 3.528 € son de cuota de autónomo).
El rendimiento neto de todo el año lo calcularás restándole los gastos a los ingresos. Es decir:
50.000 € – 10.800 € = 39.200 €
A este resultado, deberás sumarle la cuota de autónomo que hayas pagado a lo largo del año:
39.200 + 3.528 = 42.728 €
El siguiente paso es calcular el 7 % de deducción por gastos genéricos: 42.728 € x 7 % = 39.737,04 €
Estos 39.737,04 € son tus rendimientos netos anuales. Pues bien, ahora hay que saber los mensuales.
Para calcularlos, debes dividirlos por 365 y multiplicar el resultado por 30. Es decir:
(39.737,04 / 365) x 30 = 2.995,25 €
Para saber qué cuota debes pagar cada mes, tendrás que consultar la tabla con los tramos de cotización.
Esta tabla te la mostramos a continuación.
3) ¿Cuáles son los nuevos tramos de autónomos?
Habrá 15 tramos, empezando por los que ganen 670 € al mes o menos hasta los que superen los 6.000 € mensuales.
Aquí “ganar”, por cierto, quiere decir: ingresos menos gastos, según la fórmula del apartado anterior.
A continuación, puedes consultar la tabla con los tramos para 2023:
Fuente: elaboración propia a partir del proyecto de ley del nuevo sistema de cotización para autónomos.
Cada tramo tendrá asignado una base de cotización mínima y una máxima. Para verlo mejor, retomaremos el ejemplo del punto anterior:
El cálculo del rendimiento neto para saber la cuota nos daba 2.995,25 € al mes.
Esto quiere decir que estarías en el tramo que va de 2.760 € a 3.190 €, por lo que puedes elegir pagar por la base mínima de ese tramo (1.143,79 €) o la máxima (3.190 €).
Por la mínima pagarías 356,86 € al mes en 2023. Y si eligieras la máxima, 995,28 € mensuales. Estas cifras salen al calcular el 31,2 % a la base de cotización.
Por cierto, la Seguridad Social ha lanzado un simulador que te puede ser muy útil para saber tu cuota a partir de lo que ganes. Aunque deberás calcular antes, por tu cuenta, los rendimientos netos mensuales.
Y ahora la siguiente duda: ¿Qué ocurre si mis rendimientos varían durante el año?
Aprende másNueva cuota de autónomos 2023: ¿Cómo te afectará?
4) ¿Podré cambiar la base de cotización de autónomos?
Con el nuevo sistema, podrás cambiar hasta 6 veces al año tu base de cotización.
Por lo que si tu negocio tiene una alta variabilidad o incertidumbre, podrás adaptar lo que pagas de cuota al vaivén de tus ingresos.
Cada cambio en tu base de cotización tendrá efecto en las siguientes fechas:
- 1 de marzo: el cambio tendrás que comunicarlo entre enero y febrero
- 1 de mayo: tendrás que comunicarlo entre marzo y abril
- 1 de julio: deberás solicitarlo entre mayo y junio
- 1 de septiembre: habrás de comunicarlo entre julio y agosto
- 1 de noviembre: si lo comunicas entre septiembre y octubre
- 1 de enero: cuando lo comuniques entre noviembre y diciembre
La solicitud de modificación podrás hacerla en el portal Import@ss.
Al entrar, en Servicios y trámites online de la Tesorería, clica en Altas, bajas y modificaciones.
En el nuevo menú de opciones, deberás clicar sobre Modificación de datos de trabajo autónomo, y luego sobre el botón azul Solicitar modificación.
Para acceder necesitarás un identificador digital (DNI electrónico, certificado digital o Cl@ve PIN).
Ten presente ahora esto: al siguiente año la Seguridad Social regularizará el pago de tus cotizaciones.
Esto te lo explicamos en el siguiente apartado.
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