Ejecución obras y convocatoria reunión plazos

Tengo tres dudas que voy a plantear en un solo post, pido disculpas por extenderme

Primera, una obra aprobada en junta hace dos años y realizada parcialmente por faltar las cuotas extras de dos morosos puedo obligar que se ejecute dicha obra o es decisión de la junta en una nueva reunión. He solicitado al administrador y presidente que se ejecute la obra sin que siquiera me respondan.

Segunda, se puede convocar una reunión extraordinaria un viernes por la tarde para hacerse un lunes por la tarde, ¿es legal?, solicite su anulación al administrador y al Presidente, sólo había un punto en el orden del día aprobacion de presupuesto para obras ITE el cual se aprobó más de 7000 euros.

Tercera, puede ser presidente un vecino que no vive en el bloque, en el bloque vive su hijo, y si este presidente fuera el dueño del piso

1 respuesta

Respuesta

"... Puedo obligar que se ejecute dicha obra o es decisión de la junta en una nueva reunión..."

Si ignoran sus reclamaciones, sólo le queda la opción de acudir a la justicia. Es una opción extrema, por su coste y dificultad. Lo mejor es que la decisión venga de la Junta de Propietarios.

"... Se puede convocar una reunión extraordinaria un viernes por la tarde para hacerse un lunes por la tarde, ¿es legal?"

Sí, es legal. La ley es ambigua en este punto y sólo dice que hay que convocarla con el plazo suficiente para que los vecinos tengan constancia de ello.

"puede ser presidente un vecino que no vive en el bloque"

Sí. La ley exige que sea propietario, no que viva en el edificio.

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