¿Es legal que tarde un administrador de fincas tres meses en enviar el acta de las reuniones?
Nuestro administrador siempre tarda muchísimo en hacernos llegar el acta de las reuniones. Tenemos que rehabilitar la finca por las deficiencias encontradas en la ITE hecha el año pasado. No hay deficiencias graves ni muy graves. En su día, de forma particular, me leí el informe y le pedí al administrador que me mandasen presupuestos de la rehabilitación a medida que fuesen teniendo (ellos mismos se encargaban de buscar empresas). Nunca me los mandaron. Recibo en abril una convocatoria de reunión ordinaria en la que el punto importante era la presentación por parte del arquitecto de la ITE. Yo, como ya me la había leído y me era complicado asistir a la reunión, dejé de ir. Aclarar que yo no vivo en esta finca, tengo el piso alquilado. Pues bien, me mandan ahora, en el mes de octubre, tres meses y pico más tarde, el acta de aquella reunión donde queda reflejado que se presentaron tres presupuestos para rehabilitar la finca y queda escogido uno de ellos. Claro, mis vecinos poco conocimiento de obras tienen según parece y a mí me hubiera gustado estar en esa reunión cuando se trataba de elegir empresa. Les estoy pidiendo explicaciones por correo al administrador de porqué hacen así las cosas pero me ignoran. ¿Qué puedo hacer? La verdad es que lo que más me ofenden es que después de todo no me hagan ni caso. La empresa escogida para esta importante rehabilitación (7000€ por vecino) fue creada en 2015, sin trabajadores a su cargo y su dirección fiscal es un antiguo chalet en las afueras, no disponen ni de un local para atender a los clientes.
totalmente de acuerdo con ud Pero en la realidad es que este sr. Si quiere impugnar deberá ir a los juzgados y gastarse un dinero , contando además que no se conoce la opinión del resto de propietarios , no cree que es mejor intentar solucionar el tema con la comunidad aclarando en que términos se ha aprobado dicho presupuesto antes de tener que meterse en gastos de una impugnación judicial?. Respecto al administrador son los propietarios los que deben de decidir si quieren seguir contando con sus servicios o cambiarlo en caso de que el mismo no esté desarrollando bien los trabajos por los que ha sido contratado. Esta es mi opinión. Saludos. - ninoj
Por supuesto que la impugnación es, para mí, siempre la última salida. Por costosa, tanto económicamente, como en tiempo. Y también porque al final, lo que se consigue, tanto si se gana como si no, es enrarecer la convivencia con los vecinos. Pero ésa no era la cuestión. Si el Sr. Gómez pregunta si puede impugnar, no se le puede contestar que se le ha pasado el plazo, cuando no es así. Se le dice que está dentro de plazo, pero se le aconseja lo que se crea más conveniente. - Poli Plos