Pensión y deuda con la seguridad social

Tengo una deuda con la seguridad social y también con hacienda derivadas por un negocio. Son deudas que nunca podré llegar a pagar.

Mi padre cobra una pensión de jubilación y quiere venir a vivir conmigo, que yo le cuide, y quiere que yo cobre su pensión. Tiene algo de dinero ahorrado y me quiere autorizar en su cuenta también.

La pregunta es si a causa de mis deudas me quitarían el dinero y su pensión si la acepto. Aclarar que yo trabajo y tengo la nómina ya embargada. Me dijeron que si ya te están embargando desde algún organismo, no puede embargar otro hasta que el primero salde su deuda.

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I. Hola Tania, siento la dura situación. En mi caso sólo conozco la posibilidad de adherirse a la llamada Ley de la segunda oportunidad.

https://leysegundaoportunidad.legal/ley-segunda-oportunidad-autonomos/ 

Lo normal, creo, es que se nos dé un plazo para poder devolver la cantidad adecudada. Si la cantidad es más bien elevada y no podemos asumirla de una vez, lo más aconsejable seguún leí hace meses es pedir un aplazamiento que nos permita regularizar la situación y poder cobrar.

Un detalle importante es que la Seguridad Social no aplaza deudas inferiores a 1.300 euros.

No sé cómo orientarle por desconocimiento, sólo he visto varias páginas y consultas que podrían ser de ayuda para valorar la situación e intentar obrar en consecuencia, le ruego que por favor las revise cuando disponga de tiempo por si le fuese de utilidad mientras le atiende de primera mano un abogado o experto, el que si lo desea podríamos 'invocar' o citar en caso de que no recibiese una respuesta durante los próximos días.

Le ruego me disculpe todas las molestias de lectura y el tipo de respuesta. Mucho ánimo y suerte.

https://loentiendo.com/deudas-autonomo-seguridad-social-aplazamiento/ 

http://aticojuridico.com/pueden-denegarme-la-incapacidad-permanente-por-tener-deudas-con-la-seguridad-social/ 

Autónomo: deuda pendiente / prestación incapacidad per

https://cincodias.elpais.com/cincodias/2016/07/14/autonomos/1468477861_420638.html 

https://getquipu.com/blog/prestacion-por-cese-de-actividad-de-los-autonomos/ 

https://www.ariasassessors.com/autonomos-deudas-seguridad-social-hacienda/ 

https://abogadosparatusdeudas.es/noticias/cese-actividad-autonomos-deudas/ 

https://loentiendo.com/deudas-autonomo-seguridad-social-aplazamiento/ 

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No hay ningún problema porque el titular de la pensión es tu padre y si te pone como autorizada en la cuenta tampoco porque el dinero seguirá siendo suyo, tu solo estarás como autorizada.

Si lo preguntas en el banco te lo aclararan y así te quedas más tranquila

Gracias Antonio, pero él pretende que yo me quede con su pensión cuando fallezca. Esa es la duda. Que si tengo deuda y me quedo su pensión me la puedan quitar después.

No se a que te refieres con quedarte con su pensión cuando el fallezca, la pensión muere con el

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