206585

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Militante del sindicato CGT (Confederacion General del Trabajo
 113K puntos  Castilla y León, España @206585 desde - visto

Respuestas

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Trabajo a turnos y art.23 del Est. De los Trab.

Si, sin duda alguna. Te deben conceder el turno de mañana o tarde que se adecue a al ciclo formativo, siempre que sea un centro oficial y no una academia privada. La empresa puede alegar que hay muchas personas en esa situación y no puede darlo a...
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Consulta

No hay impedimento legal para que tengas un contrato en una empresa a tiempo completo y otro de 10 horas en otra empresa, siempre que tu puedas hacerlo compatible con tus horarios. Para el piso lo único que cambia es que al tener más ingresos, puedes...
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Horarios de trabajo

Se podría considerar una modificación sustancial de las condiciones de trabajo y eso el estatuto de los trabajadores obliga a cumplir unos requisitos. Te adjunto el art. sobre este asunto. Artículo 41. Modificaciones sustanciales de las condiciones...
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¿Te pueden obligar a fichar?

Legalmente no puedes pedir nada, pero si se puede intentar negociar con la empresa. Se supone que la puntualidad es un deber de los trabajadores.
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Readmisión por despido nulo

Legalmente deberías quedarte con las dos, ya que si despides a la segunda será un despido improcedente.
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BAja laboral de corta duración

Si el convenio colectivo o pacto de empresa no dice nada, el régimen general no paga los 3 primeros días de baja, a partir del 4º y hasta el día 15 te pagan el 60% del salario.
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Minusvalía

Si lo puedes solicitar, para ello debes pasar un tribunal médico. Lo que no entiendo es porque has dejado el trabajo si lo normal es pedir una baja médica y al llegar a los 18 meses la propia seguridad social se encarga de pasarte por el tribunal.
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¿Permiso retribuido?

Debes mirar el convenio colectivo para ver que dice. Por desgracia la legislación general no es concreta. Se supone que así debería ser ya que hay una directiva europea que lo reconoce, paro al trasponerlo a las leyes españolas lo han dejado sin aclarar.
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Plazos cobro de finiquito...

Si llegas a un acuerdo en el SMAC es válido, sino debes ir a juicio y lo que diga el juez.
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¿Despido?

En principio sería un despido procedente si es algo reiterado y si dad derecho a paro sino observa la oficina de empleo que es intencionado para dejar la empresa.

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