Actividad pública reciente
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Climatizador audi 100
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Empleo
Fin de contrato
Las vacaciones se disfrutan y computan siempre dentro del año natural, así que se descontarán siempre contando desde el 1 de Enero de 2.005. así de simple. En el finiquito mira a ver si te cooresponde parte proporcional de pagas o te la incluyen en...
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Empleo
Dudas sobre vacaciones
En los contratos temporales de duración inferior al año los días de vacaciones habitualmente se pagan, no se disfrutan. En todo caso una de dos, o te los coges o te los pagan, eso de "renunciar" a ellos no tiene sentido. Si el ayuntamiento te dice...
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Empleo
Revisión salarial
Intentaré ser claro con las respuestas: - El Convenio no es oficialmente aplicable hasta que no se publivca en el BOE, por lo tanto no se puede exigir su aplicación hasta ese momento. Por lo que entiendo no es un convenio de empresa sino de sector....
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Empleo
Baja voluntaria, vacaciones y finiquito
No te preocupes porque no te van a dejar de pagar el finiquito, simplemente los días de vacaciones que hayas disfrutado en exceso en el momento de causar baja se te descuentan del finiquito, tal y como ya intuyes tú en la última de las preguntas.
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Empleo
Denuncia por irregularidades
Pra denunciar lo que dices hay que dirigirse a las Direcciones Provinciales de lA Inspección de Trabajo y Seguridad Social que hay en cada capital de provincia y otras localidades grandes. Busca en internet que es fácil. Allí te darán un formulario...
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Prestación desempleo
La respuesta es que se puede suspender el derecho tantas veces como sea necesario y reanudarlo siempre que el tiempo total trabajado no supere el año de duración, porque se genera entonces el derecho a otra prestación (4 meses). Aun en ese caso...
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Empleo
Finiquito
El finiquito sólo libera del pago de los conceptos que vienen en él reseñados. Me explico: si en el finiquito sólo aparecen las partes proporcionales de pagas y vacaciones, y no se hace referencia a algún concepto del tipo "nómina de junio", siempre...
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Empleo
Prestación por desempleo
Eso que dices NO es cierto: la prestación de desempleo se calcula según la base de los 180 días (6 meses) cotizados antes de quedarte en el paro. Otra cosa es que justo antes de entrar en la última empresa hubieras estado en el paro. En ese caso y...