Revisión salarial

En la empresa en que trabajo actualmente todavía no nos ha realizado aumento de sueldo este año.
Se que el convenio se ha firmado hace algo más de un mes, con un incremento salarial del 4%, y las nuevas tablas salariales ya están confeccionadas; aunque este convenio no se ha publicado todavía en el BOE.
En la nómina de Julio no han aplicado todavía dicho aumento, y todos en la empresa estamos con sueldos por encima de lo que estipula el convenio.
Mis preguntas:
1- Una vez se publique el convenio en el BOE ¿puede negarse a aplicarlo?
2- Si los sueldos actuales ya están por encima del convenio ¿puede negarse a aplicar el aumento alegando cualquier causa?
En el sector NADIE trabaja a sueldo de convenio, todas las empresas están por encima.

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Intentaré ser claro con las respuestas:
- El Convenio no es oficialmente aplicable hasta que no se publivca en el BOE, por lo tanto no se puede exigir su aplicación hasta ese momento. Por lo que entiendo no es un convenio de empresa sino de sector. En cuanto se publique, por lo tanto, se puede exigir su cumplimiento.
- Como regla general, si los sueldos están por encima de los del convenio no existe un derecho a percibir un aumento de sueldo, a no ser que, como ocurre en algunos (muy pocos)convenios, se diga que algunos aumentos serán de aplicación independiemtemente del salario que se tenga. Mira el texto a ver qué dice.
Es habitual por último que los convenios de sector fijen sueldos muy por debajo de los habituales, porque son garantías de mínimos, y suelen dejar margen para que se negocien convenios en las empresas con sueldos más altos.

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