Fin de contrato

Empecé a trabajar el 23 de julio en una empresa por 6 meses, me renovaron por 6 más, desde el 23 de enero al 22 de julio del 2005, y he decidido no volver a renovar.
Disfrute de vacaciones en agosto del 2004, en enero del 2005, marzo y julio también 2005. Los días de vacaciones 2005 han sido 9 laborales.
Para el finiquito se supone que me tienen que pagar 8 días por 12 meses en la empresa y los días de vacaciones no disfrutados. La pregunta es, si todo lo anterior es correcto, ¿los días pendientes de vacaciones que he disfrutado para restárselo a los que me quedan se hace desde el primer día en la empresa en 2004 o desde el 1 de enero del 2005?
Gracias

1 respuesta

Respuesta
Las vacaciones se disfrutan y computan siempre dentro del año natural, así que se descontarán siempre contando desde el 1 de Enero de 2.005. así de simple.
En el finiquito mira a ver si te cooresponde parte proporcional de pagas o te la incluyen en el sueldo mensual.

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