¿Quién debe alquilar la casa?

Tenemos un piso que pertenecía a nuestro padre. Él murió y la escritura no se ha modificado. De este modo (ya que el piso era suyo antes de que se casara) el piso nos corresponde a los tres hermanos teniendo nuestra madre derecho al usufructo. Ahora queremos alquilarlo... ¿quién puede o debe hacer el contrato de alquiler? ¿Cualquiera de los tres hermanos, uno sólo, podría ser la madre que es sólo usufructuaria?.
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De ley lo de los padres lo heredan los hijos, si no hay nada que diga lo contrario, yo que vosotros para que no haya problemas entre hermanos con dije digo dijiste hacer un contrato de los tres con la persona a la que alquiléis eso si por once meses para que no se quede el inquilino cinco años, porque a lo mejor más adelante tenéis que venderle o queréis, que seria lo mejor que podéis hacer alquilar el piso da muchos problemas incluyendo que se te pueden ir sin pagar y no puedes hacer nada para evitarlo, cualquier otra duda ya sabes donde estoy

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Mientras tu madre siga viva, quien tiene el poder para realizar un contrato de alquiler es ella, ya que el usufructuario de una vivienda es el que disfruta del piso y los bienes que este puede ocasionar. Eso sí, si quiere venderlo hace falta el consentimiento de los 3 hermanos mediante un acta notarial.
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No podéis, mientras la madre este en usufructo. Si ha fallecido, entonces tenéis que alquilarlo los tres, o uno solo con autorización de los otros.

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