Indemnización por desistimiento de contrato

Hace casi 4 años firmé un contrato de alquiler de vivienda, en madrid, por 1 año, que he ido renovando de forma anual desde entonces, como arrendatario (como inquilino, vamos). La cuestión es que en tres meses, por un cambio de trabajo, tengo que irme a otra ciudad, y querría dejar el piso. Sin embargo, no se qué tipo de indemnización tendría que pagar al arrendador. He estado leyendo la LAU, pero ahí solo hace referencia explicita a los contratos de más de 5 años, indicando que la indemnización sería de 1 mes de alquiler por año que quede por cumplir. Sin embargo mi contrato es de menos de 5 años, y no se si tendría que pagar todo los que quedase de contrato (es una barbaridad, 8 meses completos) o si sería solo un mes de indemnización. En el contrato que firmé no se especifica nada. Por favor, e una cuestión de vida o muerte y urgente, me gustaría conocer que dice la ley a este respecto.
Gracias.
Respuesta
1
Acude a consumidores es gratuito y te dicen sobre la ley de propiedad horizontal creo que se llama a que atenerte y ellos mejor que yo te explican que articulo de que ley como y cuanto, pero según mi entender de persona de calle normal si no pone en el contrato nada de indemnización no tendría por que haberla siempre que tu avises al dueño con suficiente antelación, pero repito es mi opinión de persona normal que ha tenido pisos alquilados hace años, ahora las leyes han cambiado así que acude a omic oficina de información al consumidor y te ayudaran mucho mejor que yo
Muchas gracias, así lo he hecho, y con su ayuda y la vuestra creo que podré llegar a la solución más justa y beneficiosa para ambas partes.

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