Final alquiler

Llevo de alquiler 5 años siempre pague puntualmente, siempre hablamos por tef para hablar de las subidas etc... Termina mi contrato el 1 de junio y el 23/4/2008 me manda una carta certificada que no he recogido... Supongo que quiere que me vaya... ¿creo qué no tiene validez si no la manda vía burofax es así? ¿Puedo hacer algo para continuar aquí por lo menos hasta enero? Luego leí en todo expertos esto:
Vivo en Madrid en un piso alquilado desde 2000. En junio de 2008 se cumplen los cinco años de contrato más los tres de prórroga tácita que prevé la ley. La renta se ha ido actualizando anualmente de acuerdo con el IPC, incrementándose en un 40% entre 2000 y 2008. El propietario está de acuerdo en renovarme el contrato, pero pretende aumentar la renta actual en un 80% !
Ya sé que de acuerdo con la Ley de 29/1994 la renta es libremente pactada entre las partes y que, una vez finalizado el contrato, el propietario tiene la potestad de renovarlo o no, y el derecho a aumentar la renta y a pedir lo que quiera. Sin embargo, me siento coaccionado o presionado ante el hecho de que si no acepto el incremento de la renta que quiere el propietario deberé abandonar mi vivienda habitual en el plazo de un mes con todos los gastos y problemas que ello comporta!
Mi pregunta: ¿Me queda algún instrumento legal o alguna fuerza para intentar oponerme a un aumento de la renta claramente abusivo? ¿Me ampara alguna jurisprudencia que defienda al inquilino ante esta situación de coacción? ¿O sólo me queda la opción de aceptar el aumento de la renta o abandonar mi vivienda?
Muchas gracias.
Que es eso de la prórroga tácita que prevé la ley.?.
Nunca he oído eso y quisiera saber si puedo tener o no derecho.
¿Puedes ayudarme por favor?
Mil gracias

2 Respuestas

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La ley de arrendamientos urbanos establece la obligación, para el arrendador, de prorrogar hasta cinco años el contrato de alquiler para vivienda habitual, si a los cinco años el dueño no te rescinde el contrato tendrás derecho a otros tres años más hasta los 8, eso es lo que se denomina creo prórroga tácita.
Lo tienes muy mal pues si haces caso omiso a la carta certificada, y el dueño demuestra que fue devuelta, algún Juez podría entender que estás enterado,. Aunque esto no es lo importante lo importante es que si tú este año pasas por no enterado de la no renovación del contrato que pretende el arrendador, lo tendrás muy crudo el año que viene, pues has de saber que a partir del octavo año el dueño puede rescindir el contrato todos los años al cumplir el mismo.
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Vamos a ver no se que es eso de la prorroga, pero creo que lo mejor es que acudas a la oficina de información al consumidor y te ayuden, llevales el contrato es obligación de ellos el ayudarte, ley de propiedad horizontal, no puedo decirte más, porque no se más no entiendo de leyes nada más que lo justo

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