Falta de pago de inquilino

En el mes de agosto firme un contrato de arrendamiento de una vivienda, si bien el ya llevaba otro año con otro contrato, y el mes de septiembre no ha pagado y este mes todavía no lo ha hecho. Dijo que este mes pagaría mes y medio porque estaba en apuros pero en el caso de que mañana no haya hecho el ingreso queremos iniciar el proceso de desahucio, porque en el contrato se establece que con dos mensualidades sin abonar el contrato queda resuelto. ¿Cuál es el primer trámite que debo hacer para que abandone la vivienda y abone lo que debe?.

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Lo primero que debes hacer, mejor por vía notarial(vía carta notarial) es comunicarle que harás efectiva esa clausula del contrato(en la que se establece que a las dos mensualidades incumplidad se resuelve el contrato), de esta forma, realmente resuelves el contrato pues esa clausula no es una clausula automática, ahora bien, tambiewn para estar seguros hay que valorar si el tema de los dos meses de atraso para la resolución se toca como un tema general del contrato
o si se establece puntual mente por ejemplo "eol contrato quedara resuelto si el inquilino no paga dos meses de alquiler" es un tema de espeficidad que aunque parece toonto determina tu derecho de usar una "clausula expresa de resolución" eso es lo primero que debes hacer. Para que abone lo que debe debes inciiar un proceso de "dar suma de dinero" con el contrato como prueba.
Por favor si queda algún tema pendiente o duda házmelo saber

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