Inquilina que no se quiere marchar

Tengo una inquilina qué firmó un contrato de alquiler de una de las habitaciones de mi piso especificando el periodo por el que lo alquilaba. En el contrato firmado, habia una clausula que especifica: "El arrendatario renuncian de manera formal a la tacita reconversión de la prorroga de este contrato, solo podrá hacerse de manera expresa y por escrito, en caso contrario, al finalizar la temporada contratada que se indica, el arrendatario está obligado a entregar la vivienda al propietario".

La cuestión es que, transcurrido el periodo de contrato, no quiere marcharse. ¿Cómo puedo actuar para que se vaya? ¿Puedo ocupar yo otra habitacion del piso si insiste en que no quiere marcharse?

1 respuesta

Respuesta

No le quedara más remedio que ejecutar el contrato ante los juzgados e instar un desahucio.

Mi consejo es que intente llegar a un acuerdo amistoso sin firmar nada. Caso contrario habrá que requerirle (aunque no es necesario legalmente) de modo fehaciente (mediante burofax con acuse de recibo y certificación de texto) para que abandone la vivienda de modo amistoso y en un plazo máximo de una semana.

La regulación legal del contrato está en el código civil y los motivos de desahucio están en el Artículo 1569 del código civil:

"El arrendador podrá desahuciar judicialmente al arrendatario por alguna de las causas siguientes:
1. Haber expirado el término convencional o el que se fija para la duración de los arrendamientos en los artículos 1577 y 1581.
2. Falta de pago en el precio convenido.
3. Infracción de cualquiera de las condiciones estipuladas en el contrato.
4. Destinar la cosa arrendada a usos o servicios no pactados que la hagan desmerecer; o no sujetarse en su uso a lo que se ordena en el número 2. del artículo 1555."

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