Puedes pedir la ayuda desde el inicio del alquiler. Lo que si es necesario es que cumplas una serie de requisitos:
Tener entre 22 y 30 años (la prestación se interrumpe a los 30 años).
El tramo con mayores dificultades de emancipación está entre los 22 y los 30 años.
Disponer de una fuente regular de ingresos que no superen los 22.000 euros brutos anuales. Esto incluye a los trabajadores por cuenta propia(1) o ajena, a los becarios de investigación, y a los perceptores de prestación de desempleo o de una pensión por incapacidadSi tus ingresos mensuales, aproximadamente, no superan los 1.500 euros netos, podrás acogerte a la ayuda. 8 de cada 10 jóvenes empleados están en esta situación.
Acreditar una vida laboral de al menos 6 meses de antigüedad, inmediatamente anterior al momento de la solicitud, o una duración prevista de la fuente de ingresos de al menos 6 meses contados desde el día de su solicitud.Si has estado trabajando durante los últimos 6 meses lo comprobaremos directamente con la seguridad social, o si en los próximos 6 vas a estar trabajando y recibiendo ingresos de forma regular, debes aportar copia del contrato.
Ser titular del contrato de alquiler.El contrato de alquiler de tu piso debe estar a tu nombre, o al menos debes ser uno de los firmantes.
Los extranjeros no comunitarios deben contar con la residencia legal permanente en España.Si es tu caso, debes tener la autorización de residencia permanente, que te conceden cuando acreditas haber residido legalmente y de forma continuada en territorio español durante cinco años.
No obstante, tienes toda la INFORMACIÓN (incluido el formulario de solicitud que lo verás en el menú de la derecha) aquí:
http://www.alquilerjoven.es/consiste.htmSuerte
http://sites.google.com/site/papeleosalquiler/pinceladas