Incumplimiento contrato alquiler

Tengo un piso alquilado por un año, hasta mayo de 2010, si quiero rescindirlo antes, que indemnización me puede pedir el propietario, un mes por año, ¿o todos los meses restantes y la fianza?

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La jurisprudencia mayoritaria (lo que ordenan los jueces cuando las partes no llegan a un acuerdo y acaban en el juzgado) es que el inquilino deba pagar la cantidad menor entre: los meses que faltan hasta cumplir la anuallidad, o los meses que el piso esté vacía (es decir hasta que otro inquilino pague en su lugar) y lo que es peor (por caro) el inquilino también es condenado en COSTAS (abogados y procuradores de ambas partes 2000-3000 euros).
Con esto te quiero decir es que llegues a un acuerdo de 2 ó 3 meses de renta - depende de la dificultad para alquilar en la zona -, que te saldrá más barato que ir al juzgado (por lo de las costas). Si le consigues un inquilino de su agrado, antes de irte, no debiera cobrar indemnización pues no se produce perjuicio.
Suerte - Papeleos Alquilelr

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