Duración de alquiler e inclusión en decl. RENTA

En primer lugar gracias de antemano.
La cuestión es la siguiente. A finales de marzo de 2009 firmé un contrato de un año de duración de alquiler y resulta que en marzo me cambio de trabajo a otra localidad. ¿Debo pagar el alquiler del mes de marzo si me voy en febrero? ¿Cuándo me devolvería el arrendador la fianza? ¿Verbalmente lo he avisado hace varios meses pero es necesario escribirle una carta certificada en la que conste que me voy al final de febrero? ¿Valdría un email?
Por otra parte el próximo año en la declaración de la RENTA me gustaría que el alquiler me desgravase. El contrato que hicimos es un contrato privado de doce páginas todas firmadas por el arrendador y yo. ¿Tiene validez este documento? ¿Hay qué entregar este documento cuando se hace la declaración? ¿Le supondrá un coste al arrendador que yo declare el piso en la RENTA?
El piso alquilado es en Andalucía y me mudo a Extremadura.

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Por ley el contrato deberías de cumplirlos integro, pero todo depende de la relación que tengas con tu propietario.
Si abandonas la propiedad antes de la fecha fijada no tiene porque devolverte la fianza. Insisto todo depende de la relación que tengas con tu propietario.
Con respecto a lo de duducir el alquiler, con el contrato es suficiente y si el le causa algún perjuicio el que tu te desgraves el alquiler, depende si lo ha declarado o no.
Cuando haces la declaración tu no tienes que entregar ningunos doucmentos, solo los tienes que guardar por si te hicieran alguna revisión de la misma.

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