Fianza
Buenas tardes, mi pregunta trata sobre lo siguiente, mi pareja y yo estamos de alquiler en un piso desde agosto de 2009... A mi pareja lo destinan en Julio a otra ciudad, por lo cual tenemos que dejar el piso... El problema es el siguiente.. En el contrato de alquiler pone que no podremos dejar el piso hasta el día 1 de agosto de 2010.. ¿avisando previamente un mes y así devolverían la fianza... Como prodriamos hacerlo para dejarlo el 1 de Julio o finales de Junio y que nos devuelvan la fianza?... ¿Hay algún tipo de norma donde podrían devolvernos la fianza y dejar el piso antes sin que tengamos ningún tipo de problema?... La verdad que nosotros en esto estamos un poco espesos y tampoco sabemos como plantearlo... Esperamos vuestra siempre útil ayuda, Gracias.
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Respuesta de Amparo BB
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