Local con contrato en papel timbrado

Tengo un pequeño problema, tengo un local alquilado que en septiembre hace 4 años, en contrato se hizo en papel timbrado y era prorrogable de año en año.
Hace cuestión de un mes se le comunico al inquilino que no se renovara el contrato y dice el que el no se va hasta que no lo dictamine un juez.
Mi pregunta es: puedo denunciar ya por desahucio o por impago de dos mensualidades. También quiero decir que las mensualidades que hasta ahora me ha pagado no se ha hecho nada de recibo ni nada, solo dinero en mano, ¿eso es perjudicial para mi?.

2 Respuestas

Respuesta
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¿Puedo denunciar ya por desahucio o por impago de dos mensualidades?
No se trata de denunciar, sino de demandar en el juzgado (Es necesaria intervención de abogado y procurador) .
Y si, con una mensualidad impagada ya se puede demandar el desahucio por impago.
Las mensualidades que hasta ahora me ha pagado no se ha hecho nada de recibo ni nada, solo dinero en mano, ¿eso es perjudicial para mi?.
En el juicio será perjudicial para él, pues si tú demandas por impago él no tendrá modo de probar que sí ha pagado al no tener nada que lo demuestre. (Salvo que cuando te paga, haya testigos imparciales presentes)
Respuesta
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Para darte una respuesta fiable tendrías que decirme si en el local hay algún negocio abierto al publico ya que si es así la cosa se complica bastante.
Si en local hay una cafetería desde el primer día porque fue un traspaso, ¿pero por qué me dices que se complica bastante?. Gracias de antemano.
La ley de arrendamientos urbanos en el titulo III artículo 34 espcifica claramente, que si el arrendatario manifiesta con cuatro meses de antelación a la extinción del contrato la voluntad de renovar por un mínimo de cinco años este tiene derecho a la renovación o a una indemnización. ( Todo esto en el caso que en los últimos cinco años se haya venido ejerciendo en el local una actividad comercial de venta al público ).
En caso de demanda los jueces solo atienden a lo que esta documentado, contratos recibos etc... o sea que si quieres iniciar un proceso de desahucio por falta de pago y el arrendatario no tiene ningún documento que acredite este pago creo que tienes todas las de ganar.

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