Alquiler con opción a compra

Buenas, estoy en tramites para hacer un contrato de alquiler con opción a compra, acabo de llegar de la gestoría que nos lo va a redactar, pero claro como yo no puedo dar fianza, nos han dicho que lo lógico es poner un importe para que en el caso de que tanto yo como los propietarios nos arrepintiéramos tuviéramos que indemnizar al otro.
¿Claro el contrato lo vamos a hacer de 11 meses y prorrogable otros 11meses (osea dos años) si en el transcurso de esos dos años el propietario se arrepiente me daría 500? Y me tengo que ir a la calle, ¿pero si yo me arrepiento pierdo la fianza que es 480? ¿Los 500? De indemnización y encima todas las cuotas que he ido dando ( que se supone que al ser con derecho a compra es para que a la hora de comprarla tengas que pedir menos de hipoteca)
entonces mi pregunta es ¿es legal que si yo me voy a vivir allí el día 1 de agosto, el día 31 le salga un comprador y me de 500? ¿Y me eche?
¿Por qué entonces no entiendo el hecho de hacer un contrato si a los dos días me puede echar?
Y que no es justo que ellos me echen y me den 500 y yo pierda 480+500 y encima todo lo que he dado ( porque yo estoy haciendo esto para luego comrparla) si no hago un alquiler puro y duro, ¿y ya esta? ¿No?

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Un arrendamiento de vivienda con opción de compra son dos contratos en uno.
El de la opción será tal y como se pacte, pero el del arrendamiento está SUJETO A LAU.
El arrendatario puede seguir de alquiler hasta que el contrato cumpla 5 años. Y si el contrato de arrendamiento contiene alguna cláusula por la que el arrendatario deba abandonar el piso para que el propietario lo venda a otro, sería una cláusula NULA.
El alquiler con opción a compra, es una operación de MUCHO DINERO.
Permíteme citar a un abogado experto en arrendamientos llamado Pedro Hernández del Olmo (PHOLMO) experto de este y otros foros:
"El alquiler con opción a compra es un contrato no reglado cuyas condiciones son prácticamente libres para las partes, (se refiere a la opción de compra) debido a su indudable transcendencia es conveniente asesorarse debidamente antes de firmar este tipo de contratos."
Sigo yo: No lo dejes en manos de una gestoría. Antes de firmar nada, hazlo revisar por un abogado "que vele por tus intereses".
Puedes contactar con Pedro Hernández, del Olmo en su blog.[url=http://pedrohernandezabogado.blogspot.com][/url]
http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/2009/09/arrendamiento-con-opcion-de-compra.html
http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/2008/11/la-opcion-de-compra-y-la-insolvencia.html
[url=http://blog.enalquiler.com/2009/actualidad/reduccion-iva-en-alquiler-opcion-a-compra]http://blog.enalquiler.com/2009/actualidad/reduccion-iva-en-alquiler-opcion-a-compra/[/url]

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