Declarar renta por comisiones.

Tengo una sociedad limitada y gestionamos pisos de turismo por días, semanas o meses en Madrid. Tengo entendido que los propietarios de pisos no facturan por el valor del alquiler, si no que pagan otro tipo de impuesto anual. Nosotros trabajamos con varios portales de internet que nos facturan por reserva, nuestra duda es como debemos declarar nosotros estas ganancias, ¿si los propietarios de los pisos no declaran? Y quien debe asumir el IVA en este caso, ¿el propietario del piso o nosotros?
Nuestro negocio funciona con una tarifa fija que da el propietario y de ahí nosotros sacamos una comisión por venta que hagamos.

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En el caso particular aunque no conozco en completo la ley de españa respecto al IVA si por ejemplo te podría explicar ya que en esto ambos países manejan las mismas normales. Respecto a tu pregunta si quien debe asumir el IVA la respuesta es que ambos deben reportar los ingresos recibidos producto de los beneficios obtenidos por el alquiler y es por la sencilla razón, al usteder establecerse como un negocio y más con carácter de sociedad esto significan que están recibiendo beneficios propios de un negocio a diferencia de una persona que estuviera trabajando pero cobran por comisión y leo que ustedes dicen recibir una tarifa fija de la cual se convierte en comisión lo que les convierte en un intermediario en este tipo de negocios. Lo que sucede aquí es que los beneficios son compartidos por ambos, aunque habría que ver cual es la situación de los propietarios ya que no especificas sin son personas que no están dentro del proceso de sociedades que reportan ingresos, sino que solo son personas a quienes ustedes ofrecen el servicio de intermediación de alquileres de la cual ellos no tendrían que pagar el IVA sino que esta responsabilidad caería sobre ustedes unicamente, pero de todos modos queda claro que si deben reportar de las ganancias que obtienen por este negocio.

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