Término anticipado de contrato de alquiler

Vivo en piso de alquiler desde hace casi tres años. Hace poco más de un año, por causas desconocidas, una de las hojas de la mampara de la ducha se desplomó y se rompió. Reclamé al dueño (una empresa) los daños, a fin de que su seguro de vivienda cubriera la reparación, pero este no ha atendido mis requerimientos, y ya llevo más de un año con uno de los baños sin poder usar (la ducha). Ante la nula respuesta por parte del propietario he decidido poner término al contrato, sin respetar los dos meses de preaviso estipulados contractualmente, alegando incumplimiento de contrato por parte del propietario. ¿La negativa a reparar la mampara es una causal justa para alegar incumplimiento de contrato de arrendamiento? ¿Puedo entender que después de más de un año sin atender mi requerimiento, la empresa se niega a la reparación? ¿En caso de poner término al contrato de arrendamiento inmediatamente, el propietario puede negarse a devolverme la fianza, alegando incumplimiento del plazo de preaviso y además descontarme la reparación de la mampara, aun estando por ley obligado a contar con un seguro de la vivienda?

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Analizando por partes su exposición, le comento:
Si un elemento de la vivienda (la mampara en este caso) funciona correctamente durante 3 años y de pronto se avería, quedan descartados vicios de fabricación y/o instalación, y las únicas causa plausibles son el desgaste por uso (algún soporte) o un golpe.
Si hablamos de golpe el responsable sería el inquilino, y si hablamos de desgaste por uso, la Ley de Arrendamientos Urbanos dice claramente que las reparaciones necesarias por uso ordinario serán a cuenta del inquilino.
Con todo esto, parece que la reparación es cosa de Usted. Si tiene sospechas de que puede haber otro responsable, debe contratar los servicios de un perito para que extienda el correspondiente informe probatorio, y con el mismo exigir responsabilidades.
Es cierto que el propietario ha de tener un seguro de vivienda, pero este seguro no cubre incidencias hasta que se demuestra el origen de las mismas (de ahí el informe pericial).
Resumiendo: hasta aquí tenemos un problema que se resuelve con el informe de un perito y el envío del mismo por burofax al propietario solicitando la reparación.
Seguimos: Usted decide unilateralmente resolver el contrato. De todas las opciones, es la menos aconsejable, ya que solamente se puede resolver un contrato de común acuerdo o por mandato Judicial.
La negativa a reparar la mampara es (si procede) causa de demanda, y el Tribunal condenará al propietario a repararla o cancelará el contrato (más daños y perjuicios, etc).
El propietario puede, además de no devolver la fianza, reclamar judicialmente las rentas que falten hasta el fin de contrato.
Recomendación: no mezcle asuntos (seguro de hogar, mampara, contrato, fianza, etc). Si estima que tiene razón, pida el informe pericial, y con este reclame fehacientemente (burofax) la reparación. Si pasa un plazo prudente (meses) desde la solicitud, entonces demande al propietario.
Suerte.

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