Pleno dominio

He sido adjudicatario de una vivienda de vpo, pero no me la entregan porque tengo un 33% de otra viviendas de vpo. ¿Sin embargo la ley 13/2005, especificva que no puedes ser adjudicatario si eres titular de PLENO DOMINIO DE ALGUNA OTRA VIVIENDA PROTEGIDA... El pleno dominio es el 100% de la vivienda?... Si es así yo no tengo el pleno dominio. Por favor indíqueme si me corresponde la vivienda adjudicada y que no me entregan al haberese detectado que efectivamente tengo la 3ª parte de otra vivienda.

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Jurídicamente el término "pleno dominio" no significa "poseer el 100% de algo", sino que hace referencia a tener "poder total y absoluto" sobre algo (o parte de algo), es decir, que esa cosa esté libre de cargas (usufructos, etc).
Efectivamente Usted tiene pleno dominio sobre el 33% de una vivienda, y revisando consultas al respecto veo que le pondrán muchísimas dificultades para adjudicarle otra vivienda.
Suerte.

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