Alquiler

Hola buenas noches, mi pregunta es la siguiente resulta que me han concedido un vivienda y he llamado para avisar a mi casera que voy a dejar el piso, por las razones que comento y ella me dice que tengo que avisale con un mes de antelación, y da la casualidad que el nuevo contrato tendría que firmar el 1 de marzo. Pero a mi me dan 15 días para cambiarme a la nueva vivienda que debo de hacer. Y no quisiera tener problemas con lo de la fianza gracias.

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Siendo estrictos con la Ley, el inquilino solamente se puede marchar de la vivienda en cada vencimiento anual del contrato, preavisando con 1 mes de antelación al inquilino.
Si Usted se marcha en otro momento, la Ley ampara al propietario para cobrarle los meses que falten hasta el vencimiento o alguna indemnización que hayan pactado.
Generalmente la indemnización que se suele aplicar es el importe de la fianza.
Por tanto, si le urge entrar en la nueva vivienda debe valorar la posibilidad de que le sancionen por salir anticipada y precipitadamente de la vivienda actual.
Piense que del mismo modo que el casero no le puede "echar" de la vivienda en cualquier momento, Usted tampoco se puede marchar sin ciertas normas.
Suerte.
Buenas tardes y gracias de antemano por su tiempo en contestar a mis dudas, lo que no me ha quedado claro es que la empresa minicipal de la vivienda IRIS me da un plazo de 15 días para ocupar la vivienda caso contrario me la quitaría entonces no puedo quedarme en la vivienda actual por este motivo.Por eso le he dicho y explicado al dueño de casa mi situación actual y que tengo exactamente 15 días para instalarme en la nueva vivienda. Supuestamente el contrato termina el 28 de febrero, ¿entonces tal y como dices perdería los restantes 15 días de la fianza sin yo tener culpa de todo esto? Gracias por su respuesta...
Lo de "no tener culpa" legalmente... no es así. Usted firmó un contrato y ha de respetarlo. Si no lo hace (sea por el motivo que sea), entonces "sí es su culpa".
Lo que sucede aquí es que Usted ha de avisar al casero de que se va al final del mes que viene (28 de febrero -1 mes de preaviso-), y ha de pagar el mes de febrero completo (esté o no en el piso). Llegados al 28 de febrero el casero revisará la vivienda y si está todo en orden le devolverá la fianza.
El que Usted se vaya a otra vivienda durante el mes de febrero no tiene nada que ver con el actual contrato de arrendamiento, que ha de cumplir, so pena de perder la fianza.
Si deja el piso en buenas condiciones le compensa pagar febrero y después recuperar la fianza.
Suerte.

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