Reconducción o no de un alquiler
Hola expertos. Me gustaría saber qué régimen se aplica a un contrato de alquiler de vivienda firmado el 1 de febrero de 1996, y si el propietario puede exigir el inmediato desaolojo acogiéndose por burofax (de fecha de hoy) a que no hay tacita reconducción según el articulo 1566 del Código Civil. Gracias a todos
Respuesta de janabogado
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