¿Alquiler por un año u once meses?

Va a hacer 5 años alquilé mi piso a unos inquilinos por un año prorrogable hasta 5, si las partes estaban interesadas. Pasado un año les dije que quería vender el piso y que lo tenían que dejar libre. Me contestaron que tenían derecho a estar los cinco años si querían, cosa que yo ya había escuchado por la radio, cada año ellos decidían si seguían o no.
Ahora que ya cumplen los cinco años ya puedo decidir yo, pero ahora la venta está complicada, y quiero hacerles otro contrato. He escuchado que para que evitar la situación anterior y que sea yo el que decide cuando termina, el contrato no debe llegar al año y he pensado hacerlo por 11 meses y cuando finalice ese periodo decidir si les hago otro o lo pongo en venta.
¿Tendría algún problema pasados los once meses para rescindir el contrato? ¿Hay algún contrato tipo de este tipo (perdón por la redundancia) de contrato?
Muchas gracias

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La solución que comenta es técnicamente correcta, pero en la práctica no es válida.
Ya hay jurisprudencia para los casos en que un casero hace contratos "de temporada" (11 meses) y los va renovando al cliente, para así tener el piso a su disposición para el caso de una venta. Lo que dicen las sentencias es que si el inquilino demuestra que lleva viviendo más tiempo en el domicilio (ya sea por un contrato anterior o porque el de temporada se le ha renovado varias veces), entonces se considera el contrato como "de vivienda habitual" (5 años de duración).
Por cuanto a los modelos, los puede encontrar en este enlace:
http://sites.google.com/site/papeleosalquiler/
Suerte.
En principio los inquilinos, son los que me han dicho que les renueve por un año o dos hasta que los pisos vuelvan a venderse. Pero no me fío mucho y prefiero hacérselo de 11 meses.
Si les hiciese un contrato de temporada y un documento en el que ponga que ellos renuncian a emprender acciones legales al termino del contrato, ¿tendría alguna validez?.
Gracias
Poner una cláusula de que se renuncia a emprender acciones legales es considerada como "abusiva" y por tanto inválida.
Aparte de esto, en un contrato de temporada tendría que poner que la vivienda arrendada es "temporal" e indicar cuál es el domicilio permanente del cliente.
Suerte.

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