Tengo problemas para rescindir el contrato de alquiler de mi vivienda con la empresa que lo gestiona

El pasado año firmé un contrato de alquiler por dos años del piso donde vivo; por razones económicas lo quiero dejar, me he puesto en contacto con los gestores que llevan los alquileres de esta empresa y con quienes firmé el contrato. Su contestación es que yo he firmado un contrato de obligado cumplimiento y que si quiero rescindir el contrato tengo que pagar todos los alquileres que faltan para la finalización del contrato; esto me parece una barbaridad¡ En un foro he visto algo parecido donde dice que una mensualidad se divide en 12 y el resultado se multiplica por el número de meses faltantes esto es para pagar la sanción por incumplimiento del contrato, bien esto se lo dije a estas personas y su contestación es la misma que yo tengo que pagar si o si, les he contestado que si yo dejo el piso es porque ya no tengo para pagar yo sola el alquiler y la contestación es que ese no es problema de ellos. Como " favor" según ellos, yo puedo dejar ver el piso para que ellos lo anuncien y que yo tengo que seguir pagando las mensualidades hasta que encuentre inquilino nuevo, una vez esto suceda ellos me reintegran la fianza depositada y las mensualidades que yo supuestamente pague sin estar en la vivienda. Por supuesto esto lo veo en todo caso un abuso y otra barbaridad¡ Por favor decirme qué se hace en estos casos, yo sé que tengo que pagar una sanción pero no pagar todos los alquileres.
Muchas Gracias.
PD. La cláusula de duración dice: duración inicial de dos años a partir de esa fecha de plazo obligatorio para ambas partes... Sin embargo para que el arrendamiento alcance la duración mínima de 5 años según art.9 ... A la fecha del vencimiento de plazo de duración pactado 01/03/12 el contrato se prorrogará obligatoriamente por otros 3 plazos sucesivos de un año cada uno... Si el arrendador quisiese dejar la vivienda avisar con 30 días de antelación voluntad de no renovarlo etc.. A fecha de vencimiento de la tercera prorroga obligatoria 01/03/15 el contrato queda extinguido, etc...

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Con la Ley en la mano le pueden exigir el pago de 24 mensualidades (lo que Usted ha contratado) desde el inicio de contrato. Por lo que si los 2 años vencen el 1/3/2012, entonces es responsable del pago de las mensualidades hasta esa fecha.
Por cuanto a la explicación que le dieron de enseñar el piso y tal, se ajusta perfectamente a la legalidad y jurisprudencia.
La única opción es apelar a la clemencia del propietario.
Suerte.
Muchas gracias por responder.
¿Pero me gustaría saber en qué consiste lo de la clemencia del propietario? Si estos pisos son de una empresa constructora, a ellos no les interesa saber si si puedo pagar o no; quieren cobrar su dinero si o si y todos los problemas son para mi.
Como ya le he dicho, con la Ley en la mano el propietario (la constructora en este caso) tiene derecho a cobrar lo que Usted se comprometió "si o si" (y si le llevan a juicio con gran probabilidad le condenarán a pagar).
La posibilidad que le comento es hacerle ver al responsable las dificultades económicas que tiene e intentar reducir la penalización, pero ya le digo que la propiedad tiene derecho al 100% de las mensualidades.
Piense que del mismo modo que la constructora no le puede "echar del piso" cuando le venga en gana, Usted tampoco se puede ir cuando lo crea oportuno. Para eso se firman contratos que han de respetarse.
Suerte.

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