Piso con cosas rotas

Hace poco he alquilado un piso y al entrar me he encontrado con que:
A. La puerta del balcón está estropeada y no cierra,
B. El televisor no funciona,
C. De las 4 cortinas, 2 tienen agujeros y las otras 2 están muy sucias.
D. La cortina del baño está rota,
E. La mesa para comer está rota y no se puede deplegar por uno de los lados.
F. El extractor de humos, además de estar lleno de grasa (simplemente tocando uno se mancha los dedos) para que funcione hay que estar pulsando un botón continuamente (el botón no se queda en una posición en que continuamente funcione el extractor) y la luz del extractor está rota.
G. En la nevera, en los cajones de debajo, nos hemos encontrado moho y uno de estos cajones rotos.
Yo cuando firmé, me fié y firmé que el piso se me entregaba limpio.
Mi preguntas son:
1. ¿Podemos exigir que se arreglen estos elementos estropeados?
2. Si fuese posible, ¿en cuánto tiempo tendrían que arreglarlos y/o reponerlos por nuevos que funcionen?
3. Podemos exigir la limpieza de los elementos que es claro que no hemos podido ser nosotros (estamos en el piso desde comienzos de este mes y el moho está fosilizado y la grasa es una capa bastante grande) los que los hemos ensuciado.
4. Si fuese posible, ¿en cuánto tiempo tendrían que limpiarlo?
6. Si viésemos que pasa el tiempo y no nos los arreglan y/o limpian, ¿es posible terminar con el contrato de forma automática? En ese caso, ¿qué habría que demostrar o cuales serían los pasos a seguir?
7. Tengo una clausula (en el contrato) en la que indica que puedo desistir de forma unilateral sin penalización con el preaviso adecuado (3 meses en el primer año). Si preavisase, por ejemplo, el miércoles (día 13 de Julio) ¿Cuál podría ser mi último día en la casa?, es que no estoy seguro de si ha de ser a mes completado (en este caso 30 de Octubre) o mes "real" (en este caso 13 de Octubre).
8. ¿El preaviso se ha de realizar por burofax?
9. ¿Lo he de enviar a la dirección del arrendador que aparece en el contrato?
10. ¿Sabe de alguna clausula tipo de preaviso y donde la podría encontrar?

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Respondiendo a sus preguntas:
1.- Sí, puede solicitar que se reparen los desperfectos / aparatos averiados. Es importante que haga esta solicitud cuanto antes, ya que si deje pasar el tiempo se abre la posibilidad de que la avería se deba al uso (o mal uso) por parte de Usted.
2.- La Ley no marca plazos para las reparaciones. Sí que indica que, en caso de que la avería inutilice parte de la vivienda por más de 20 días, se tiene derecho a una reducción de renta proporcional a la superficie afectada.
3.- El asunto de la limpieza no se recoge en la Ley. Se entiende que Usted acepta el piso en las condiciones que lo recibe (por eso firma el contrato, ya que de otro modo no lo debería firmar). Puede notificar al propietario la falta de limpieza y solicitarle que le mande a alguien, pero no está obligado a hacerlo.
4.- El propietario no está obligado a limpiezas posteriores.
6.- Un contrato no se puede finalizar "de forma automática". Para cancelarlo de forma anticipada se debe hacer de acuerdo entre las partes o por orden judicial.
7.- Los meses son completos. Es decir, que si preavisa el 13 de Julio se puede marchar abonando las rentas hasta el 30 de Octubre.
8.- Efectivamente es conveniente que este tipo de comunicaciones se hagan de forma fehaciente.
9.- Salvo pacto en contra, se entiende que la dirección de notificación del propietario es la que aparece en el contrato.
10. - No entiendo muy bien a qué se refiere, pero en este enlace tiene cantidad de modelos de comunicaciones: http://sites.google.com/site/papeleosalquiler/
Suerte.

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