Alquiler irregular de larga duración

Hola, ante todo un saludo.
Te expongo mi pregunta por si me poduedes orientar.
Hace unos 23 años mi abuelo dividió su casa en
dos y alquiló una de las partes, haciendo una
entrada individual para cada "casa".
Esta segunda vivienda no consta como tal, es decir no está dada
de alta.NO se hizo contrato por que por aquél entoncespara mi abuelo
"la palabra bastaba". Nos encontramos ahora con una renta
mínima, y un alquiler sin contrato de larga duración.
Me gustaría saber conque derechos se encuentra el
inquilino y susu herederos en estas condiciones (subida del alquiler,...)
Y cuales son nuestros derechos.En fin una orientación...
Gracias, un saludo

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Los contatos firmados antes del abril del 85, decreto boyer: de personas físicas suelen ser de renta antigua.
Tienes que aceptar al arrendatario hasta su fallecimiento. Cuando este fallezca si convivían con el durante los dos años anteriores sus hijos menores de 25 años tienen derecho a quedarse hasta dicho momento.
Cada año puedes subir sólo el ipc.

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