Reducción al 100% por edad del arrendatario menor de 35 si contrato anterior al 1 del 1 de 2011

Alquilé un piso con fecha en firma de contrato del 6 de diciembre de 2010 a una chica de 34 años, pero pusimos como entrada en vigor de dicho contrato el 1 de enero de 2011.

Mi pregunta es la siguiente: Si la Disposición Transitoria decimonovena a efectos de aplicación de la reducción del 100%, dice que "la edad del arrendatario se ampliará hasta la fecha en que cumpla 35 años cuando el contrato de arrendamiento se hubiera celebrado con anterioridad a 01/01/2011 con dicho arrendatario", y nuestro contrato lo firmamos el 7 de diciembre de 2010 (fecha que figura en el propio documento o contrato), aunque en él mismo pusimos que el inicio de la vigencia del mismo comenzaría a partir del día de enero de 2011, y el pago de la renta sería exigible a partir de esta fecha, ¿podría acogerme a la reducción del 100% por tener el contrato de alquiler fecha de firma de diciembre de 2010, o por el contrario no podría por figurar en él que su vigencia comenzaría el 1 de enero de 2011?
Muchas gracias de antemano a aquellas personas que quieran y puedan responderme.
Un cordial saludo. Raúl Álvarez.

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Todoexpertos no es un chat donde usted formula una pregunta y contestan varios o nadie. Si se la dirige a uno en concreto será ese quien lo haga porque nadie mas puede intervenir excepto ambos.

Habla usted de la "Disposición Transitoria decimonovena" ¿no olvida decirme a que norma se está refiriendo?. En cualquier caso, la validez de los contratos es la de la fecha que consta como entrada en vigor del mismo, aunque lo firmasen hace cinco años, para que me entienda, porque no es sino hasta ese momento cuando nacen para el Derecho.

Por consiguiente, si su entrada en vigor es el 01.01.2011, sus efectos jurídicos se despliegan a partir del 01.01.2011.

Ruego cierre y valore

Muchas gracias por su respuesta, y siento que le molestara que mi consulta haya sido dirigida a varios expertos y puesta también en el tablón. Supuse que no sólo se podía preguntar a varios expertos, sino que además si estaba así diseñada la web por sus técnicos, es porque ellos mismos estimaron conveniente que esta opción existiera, pues es la forma más completa de que una persona (desconocedora de un un un tema o asunto), pueda tener la respuesta más amplia y precisa a la vez, al poder contrastar información de los distintos expertos en esa materia. De hecho al igual que a Ud. le tentó entre mis expertos favoritos (por haber detectado gran conocimiento y claridad en sus respuestas), únicamente junto a Ud. tengo 3 expertos más como favoritos, en temas de impuestos y alquileres.

En cualquier caso siento si se ha sentido molesto por que utilice la web como ella misma está diseñada para hacerlo, y le agradezco enormemente su respuesta, aunque me hubiera gustado más que me dijera que la fecha de firma del contrato era la válida (para poder haberme acogido a la reducción del 100 %). Un cordial saludo.

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Al haber una cláusula/anotación/anexo indicando que la vigencia del contrato comienza el 1 de enero de 2.011 se debe tomar esa como la fecha "real" a todos los efectos.

Por tanto solamente podrá acogerse a la reducción general (60%) que se aplica este año.

Suerte.

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Pues siento decirte que no podrás aplicarte esta reducción. El contrato entra en vigor el día 1 de enero de 2011 a todos los efectos, una verdadera lástima por tan pocos días de diferencia...

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Usted aplica esta reducción, mientras ella sea menor de los 35 años... por los importes cobrados... como no ha cobrado nada en 2010, podrá acogerse a la reducción por el 100 % mientras es menor de esta edad y el resto estará al 60 %.

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Creo que aunque se haya firmado el contrato en Diciembre, este no entra en vigor hasta el 01/01/2011 con lo cual no creo que se pueda acoger a la reducción del 100 % pero si a la del 50%.

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Sintiéndolo mucho no podrás acogerte además entra en vigor una nueva legislación en la que para acogerse a la reducción del 100% debe ser menor de 30 años.

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