Herencia piso renta antigua
Mi tía ha fallecido. Ha dejado en herencia a mi madre y a mi tío un piso con un contrato de alquiler de renta antigua del año 1969. El contrato es una hoja oficial timbrada en la cual se alguilaba el piso por tres años renobales. Luego esta escrito a mano en el mismo documento y en otros papeles que se le renovaba por varios períodos, hasta el último de 1980.
Al fallecer la titular del piso y que realizó el contrato:¿Finaliza el contrato?, ¿Hay qué realizar uno nuevo con los nuevos titulares(herederos) manteniendo las mismas condiciones, o un contrato redactado con la actual legislación?
Se le puede ofrecer la venta del piso al inquilino, pero ¿cuál es el precio de mercado que fija la Ley?. (Se trata de una vivienda construida en el año 1968, de 70 mts. Situada en el Barrio de Carabanchel- Madrid)
Al fallecer la titular del piso y que realizó el contrato:¿Finaliza el contrato?, ¿Hay qué realizar uno nuevo con los nuevos titulares(herederos) manteniendo las mismas condiciones, o un contrato redactado con la actual legislación?
Se le puede ofrecer la venta del piso al inquilino, pero ¿cuál es el precio de mercado que fija la Ley?. (Se trata de una vivienda construida en el año 1968, de 70 mts. Situada en el Barrio de Carabanchel- Madrid)
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Respuesta de Manuel Pregal
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