Pago IBI en alquiler piso (1984) y local comercial (1989)

Muy buenas:

1) Ya me quedó muy claro que en una vivienda con contrato de 1984 se le podía reclamar el pago del IBI del año actual, pero ¿también podía reclamarle el pago del IBI de los últimos 5 años?

2) Y a un local comercial con contrato de alquiler de 1989, ¿también se le puede reclamar el IBI? He visto diferentes opiniones por internet sobre estos.

Muchas gracias otra vez

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Respecto a la pregunta 1, efectivamente puede solicitar el pago de los últimos años (la otra parte puede alegar que no se le reclamó la deuda, pero legalmente no habría prescrito).

Respecto a la pregunta 2, los locales comerciales con contratos firmados entre 1985 y 1995 se rigen por la Disposición Transitoria Primera de la LAU/94 (es mi criterio), y según esto no se les puede aplicar el IBI salvo que así lo permita el contrato de arrendamiento.

Suerte.

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