Vivo de alquiler, ¿Quién tiene que pagar un nuevo termo eléctrico?

Llevo en el mismo piso de alquiler unos siete años, cuando llegue no funcionaba el termo y lo cambio el dueño, pero ahora se ha estropeado el termo eléctrico y me dicen que al llevar tanto tiempo viviendo ahí tengo que pagar yo uno nuevo, ¿eso es cierto?

1 respuesta

Respuesta
1

Todo depende de lo que ponga el contrato al respecto sobre arreglos, reparaciones y conservación, contestarte otra cosa sin leer el contrato seria imprudente.

Si no pusiera nada, cosa que dudo, nos encontraríamos con que habría que analizar la lógica:

Un termo eléctrico forma parte del CONTINENTE de la casa, no del contenido, es decir, al comprar la vivienda el propietario, ya se la entregaron con un termo, ademas, no es un elemento que se pueda quitar sin mas y llevárselo com si seria el caso de un televisor, una silla o una mesa (CONTENIDO).

Si lo analizamos en cuanto al uso: Tu no puedes hacer un mal uso del termo, puesto que te limitas a dejarlo enchufado, por tanto nadie te puede achacar que lo has estropeado tu.

Me tienes a tu disposición para lo que precises.

En el contrato lo único que pone sobre este tema es que las pequeñas reparaciones que exija el desgaste por el uso ordinario de la vivienda lo pago yo es decir el arrendatario.

Pero claro, yo llame a un fontanero y me dijo que había que cambiar el termo, que no se puede arreglar de ahí mi duda sobre si lo tenia que pagar yo o no porque entiendo que eso no es una pequeña reparación pero el dueño del piso dice que lo tengo que pagar yo al llevar allí ya unos siete años.

Ese articulo se queda muy pobre para que el propietario defienda la postura de que tu pagues la reposición de un termo.

Con ese articulo quedan incluidos por ejemplo los interruptores de la casa, los grifos, las manetas de las puertas, es decir aquello que es susceptible de desgastarse por el uso.

Pero no puede quedar incluido un termo eléctrico, ya que tu no lo manipulas, esta permanentemente encendido.

Coge el ejemplo de las tuberías de agua, que se rompan y el alegue que es una reparación que te corresponde a ti por el uso. NO. La reparación de un elemento que tu no tocas ni en su interior ni en su exterior, nunca te corresponderá a ti, si solo figura esa clausula que me has leído.

muchas gracias por sus respuestas, me ha servido de mucho, con esos argumentos he hablado con el dueño del piso y al final paga el uno nuevo. gracias.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas