Contrato de arrendamiento

hola el próximo 1 de septiembre me voy de alquiler y el casero me ha mandado el contrato donde hay cosas que no estoy muy de acuerdo pero la verdad es que no entiendo mucho del tema, te lo podria poner aquí y tu me decías las cosas que no están bien? Un saludo

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Si, en este foro se pueden exponer las dudas que tenga sobre su contrato de arrendamiento.

Por si le sirve de referencia, le dejo este enlace con bastante información sobre el tema:

http://cosasdealquileres.blogspot.com.es/p/enlaces-utiles.html

Suerte.

Te pongo unos párrafos del contrato que mi casero me ha dado y me dices lo que te parece.

NOVENA.- FIANZA.-
En concepto de FIANZA, a la firma de éste y de conformidad con el artículo 36 de la Ley de
Arrendamientos Urbanos, el arrendatario está obligado a la entrega de la cantidad de 530 € (quinientos treinta €), importe correspondiente a una mensualidad de renta.-
La fianza no podrá ser considerada como pago de renta de mensualidad alguna. En caso de prórroga del arrendamiento, la fianza será incrementada en la misma cuantía que lo haga la renta por actualización.-

fijate en el ultimo párrafo y me cuentas

La cláusula de actualización de renta es perfectamente legal. Si llegado al quinto año de arrendamiento se prorroga el contrato, el propietario está facultado para ajustar el importe de la fianza al nuevo alquiler.

En este enlace tiene el texto de la Ley:

http://noticias.juridicas.com/base_datos/Privado/l29-1994.t4.html#a36

Suerte.

¿pero cuando dice en "caso de porroga" se refiere pasados los cinco anos? o hace referencia a todos los anos?

un saludo

Hace referencia a "después de 5 años". La actualización de fianza no se puede realizar antes (así lo establece el articulo 36 de la LAU).

Durante los 5 primeros años el contrato tiene "renovaciones", y llegado el quinto año viene entonces la "prorroga".

Suerte

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