Por lo que usted me explica, no puedo decirle si el edificio tiene esa documentación, lo que si que puedo asegurarle es que, una única cedula de habitabilidad para todo un edificio no es válida para poder alquilar partes del mismo de forma independiente. Aunque físicamente esté dividido.
La definición que hace la ley de propiedad horizontal es: Una edificación, construida o en construcción, dividida en pisos o locales susceptibles de aprovechamiento independiente. Posiblemente se pueda alquilar el edificio completo, pero en ningún caso es legal alquilar una sola parte del mismo.
Si no hay un contador de luz, gas o agua, no hay manera de establecer el consumo individual. No son determinantes los m2 sino el consumo, en 10 m2, se puede consumir más que en 100 m2, y eso solamente puede saberse leyendo el contador.
No veo como se puede gestionar el impago de los servicios en caso de que algún inquilino deje de pagar. Habrá que consentir el impago, e incluso pagar su parte para evitar la suspensión de los suministros, que afectaría a todos y no solo al moroso.
Este tipo de situaciones alegales, comportan problemas por ambas partes y personalmente no le recomendaría que firmara ese contrato, que será privado necesariamente; no podrá depositarse la oportuna fianza ante la Cámara de la Propiedad Urbana, obligación de la propiedad lo que puede comportar una multa, pagará unos suministros "a escote", sin saber nunca si está pagando el consumo que hace su vecino, etc.