¿Es posible romper el contrato de arrendamiento de la vivienda antes de la finalización del mismo?
Hola,
El caso es que actualmente vivo de alquiler en una vivienda desde Diciembre de 2011.
Me ha surgido la posibilidad de mudarme a un piso más económico y de mejores características y estoy valorando el marcharme.
Quisiera saber si es posible finalizar el contrato avisando al arrendador con 30 días de antelación y sin recibir ningún tipo de penalización.
La clausula del contrato que recoge estas clausulas indica esto:
CUARTA.-Duración
del contrato.
El
plazo de duración de este contrato es de UN AÑO, a contar
desde el otorgamiento del presente contrato,
prorrogable, a voluntad de los arrendatarios, por periodos anuales sucesivos
hasta un periodo de cinco años en total, conforme al régimen previsto en el artículo 9
LAU de la LAU.
De
conformidad con el artículo
10 artículo.10 LAUde la LAU, una vez
transcurrido este plazo de cinco años, si ninguna de las partes notifica a la
otra, al menos con un mes de antelación, su voluntad de no renovarlo, el contrato se
prorrogará obligatoriamente por plazos anuales hasta un máximo de tres años
más, salvo que el arrendatario manifieste al arrendador con un mes de
antelación a la fecha de terminación de cualquiera de las anualidades, su
voluntad de no renovar el contrato.
Al contrato
prorrogado le seguirá siendo de aplicación el régimen establecido en el
presente contrato.
Finalizada la duración pactada y, en su caso, la
de las prórrogas sucesivas, el arrendatario deberá abandonar el inmueble, sin
necesidad de requerimiento expreso del arrendador, dejándolo en el mismo estado
que tenía cuando lo ocupo, con la excepción del desgaste normal derivado del
uso habitual de la vivienda.