Cargar IBI y Seguro en contrato renta antigua

Muy buenas,

Ya me quedó claro en una anterior consulta que al ser un contrato de arrendamiento de vivienda anterior al 9-5-85, según la disposición transitoria segunda (10.2) podía cargarle íntegramente el recibo del IBI al arrendatario. Pero, según el 10.5 "podrá repercutir el coste de suministros y servicios..." ¿podría también repercutirle el <strong style="line-height: 1.5em;">coeficiente del piso en el total del seguro de la finca que hasta ahora siempre hemos pagado los propietarios?

Hasta ahora, aunque el arrendatario siempre ha pagado los gastos comunitarios de la escalera directamente a la Comunidad, el seguro de la finca (su coeficiente) lo hemos pagado siempre nosotros.

Muchas gracias

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Efectivamente puede repercutir todos los gastos (incluso la parte proporcional del seguro comunitario), precisamente por la justificación legal que indica.

Suerte.

Muchas gracias por su ayuda.

Nos va a venir bien haber dejado al Administrador de fincas que nos llevaba los alquileres desde hacía 20 años y nunca se los había repercutido.

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