Contrato de luz

Hace un par de meses he alquilado mi vivienda a una pareja. En su día hicimos el cambio de titularidad del contrato de la luz y todo perfecto. Ahora me ha llegado el recibo de la luz hasta el 5 de agosto que empezó el contrato de alquiler a la pareja. He llamado a la comercializadora (iberdrola) y me comentan que el contrato esta dado de baja y que los nuevos titulares han cambiado de comercializadora.
¿Por qué ahora la iberdrola me han cargado 35 pasos kw/h de lectura estimada? ¿El nuevo titular debería haber dado la última lectura para que no hubiese pasado esto?
¿Deben los inquilinos consultarnos el cambio de comercializadora?

2 Respuestas

Respuesta
1

Respecto a porqué Iberdrola le ha facturado una 35kWh, posiblemente porque ese es el consumo realizado hasta la fecha (los consumos estimados no son legales hoy en día).

En cualquier caso siempre puede devolver el recibo y facilitar la lectura correcta para que le cobren lo que corresponde.

Por cuanto a si los inquilinos deben consultarle a Usted antes de cambiar de comercializadora: no. Desde el momento en que Usted acepta hacerles titulares del contrato de suministro, ellos pueden libremente operar con ese contrato (altas, bajas, etc).

Suerte.

Respuesta

¿Por qué ahora la iberdrola me han cargado 35 pasos kw/h de lectura estimada?

No tengo ni idea. Ni siquiera este es un foro para tratar asuntos de tarificación de compañías eléctricas.

¿El nuevo titular debería haber dado la última lectura para que no hubiese pasado esto?

No tengo ni idea. Como propietario debía tomar la lectura del contador en la fecha del contrato y hacerlo constar en algún documento que permita resarcir el coste en el inquilino.

¿Deben los inquilinos consultarnos el cambio de comercializadora?

No. Si el titular del suministro eléctrico es el inquilino, tiene la absoluta libertad de contratar la suministradora que considere mejor para sus intereses.

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