Mi primer alquiler. Luz, agua, gas

Estoy interesado en alquilar una vivienda, y bueno en la que tengo vista ya, la dueña tiene dado de alta el agua y la luz, y la intención es de simplemente cambiar la domiciliación de los recibos, me pregunta es que le puedo exigir a la dueña o que puedo hacer para tener constancia que la dueña no debe recibos anteriores en las compañías pertinentes. Vale con copia del ultimo recibo, ¿o por qué tenga pagado el ultimo no quiere decir nada? ¿Tengo qué hacer algún papel por escrito? ¿Puedo llamar yo a las compañía y pedir comprobación? ¿Etc...? Todavía no he firmado contrato pero como todo esto lo gestiona una inmobiliaria van con prisas por hacer todo.

3 Respuestas

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Lo más práctico es que llame Usted mismo a la suministradora.
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Estimada Sra.
Es bien sencillo. Debe vd., anotar la lectura de los contadores en el momento de la entrada en la vivienda y posteriormente comparar las lecturas con las copias de factura de la compañía suministradora que le debe suministrar el arrendador una vez recibida. En el contrato de arrendamiento deben hacer mención expresa de la situación de los recibos de la luz haciendo mención expresa en el contrato que el arrendador entrega la vivienda libre de toda carga correspondiente a arrendatarios anteriores y que de existir estas correrán por su cuenta y así mismo anotar dentro del contrato las lecturas correspondientes a los contadores de suministros.
Si desean que les remitamos un contrato tipo que contemple todos los aspectos a tener en cuenta pueden solicitarlo por correo electrónico - tiene un coste de 75 eur + iva.
Saludos
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En la compañía de la luz te facilitan un documento donde se cambia la titularidad de la luz por motivos de alquiler, para ello es imprescindible que el dueño no deba ningún recibo hasta la fecha. Dicho docujmento lo firman tanto el inquilino como el arrendador, y se especifica la lectura del contador en el momento del cambio que se quiere que se tenga efecto.
Lo de cambiar la domiciliación del recibo, en Endesa tengo entendido que no lo permite, es dicer que el titular de la cuenta de cargo tiene que coincidir con el titular del servicio desde un tiempo a esta parte.
Si puedes hacer el cambio de domiciliación no tienes nada que temer pues la compañía sólo puede ir por el pago de recibos en débitos al titular del suministro nunca al titular de la cuenta de cargo del recibo. Hasta pronto y no olvides puntuar.

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