Resolver contrato

Buenas tardes.
Me gustaría que respondiese a un problema que tengo.
En el verano del 2006 compre por planos una vivienda. La tenia que haber escriturado en enero del 2009. Pasado este tiempo y en vista de que me he quedado sin empleo, y sin subsidio, ya que era autónomo pues, no quiero realizar la operación, el dinero que tengo quiero tenerlo para poder comer y aguantar, mi mujer tampoco cobra nada, por lo que de momento mis ingresos reales son cero. Tenemos otra vivienda nuestra libre de cargas que es donde residimos, la otra era para hacer una inversión.no obstante se me ha concedido la subrogación de la hipoteca que tenia el constructor ya que he puesto un avalista.
En el contrato que hicimos con el promotor se decía que si el promotor no cumplía plazos y demás pues nos tenia que dar eL doble delo lo aportado por nosotros.el, ha cumplido todo, el que no cumple soy yo por las razones que te he puesto antes.
En la siguiente clausula dice literalmente lo siguiente .
Si la parte compradora incumpliese las obligaciones derivadas del presente contrato, la parte vendedora podrá resolver de pleno derecho el presente contrato de compraventa, con perdida por parte del comprador del 25% de las cantidades abonadas, que quedaran en beneficio de la parte vendedora como indemnización de daños y perjuicios y pena por el incumplimiento contractual.
Por otro lado hay otra clausula que dice lo siguiente:
Asimismo, de acuerdo a lo establecido en el apartado 4º del articulo 5 del citado rel decreto 515/89, las partes incorporan al presente documento, el articuo 1279 y 1280.1º del código civil, los cuales establecen:
¨Si la ley exigiere el otorgamiento de escritra u otra forma especial para hacer efectiva las obligaciones propias e un contrato, los contratantes podrán compelerse recíprocamente a allanar aquella forma desde que hubiese intervenido el consentimiento y demás requisitos necesarios para su validez¨.
Y el articulo 1280, apartado 1º, que dice:¨deberán constar en documento publico, los actos y contratos que tengan por objeto la creación, transmisión, modificación o extinción de derechos reales sobre bienes inmueble¨.
Bueno esto es lo que dice de importante el contrato.
Quiero saber si me pueden obligar a firmar con todas estas cosas que te cuento, y si no, si hay alguna posibilidad de recuperar algo de los 17000 euros que hasta hoy he entregado, y demás que tu me puedas contar
Saludos

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Las clausulas que me has leído vienen a decir que llegado el momento te citarán a escriturar y es entonces cuando tu deberás de decir que no quieres o no puedes comprar. Se levantará un acta notarial donde quede esto recogido y del tema del dinero pues perderás el 25% de lo entregado. Esta claro.
Es una pena, pero la verdad, es que la situación actual es esta, es lo que hay, y es preferible que no compres de momento, antes de meterte en algo que luego no puedas mantener y más si lo hacías por inversión. Ya vendrán mejores momentos.
De todas las maneras. Tu primero habla personalmente con ellos, solicítales tiempo, hasta que no tengan a otro comprador para esa vivienda por ejemplo, (que seguro que tardarán), expón otro planteamiento por ejemplo un alquiler con opción de compra mientras tanto etc..)Nunca sabes... tu no vas a estar toda la vida en la misma situación y a lo mejor más adelante pues puedes comprar.
Las inmobiliarias van locas por vender. Haber, lo que te quiero decir es que para pedir y que te lo acepten hay que darles algo. Pacta otra vía para llegar a la escritura de la compra para un futuro con ellos..
Oye otra cosa, ¿dices qué estando sin trabajo ninguno de los dos te han concedido la hipoteca?. Es que es algo bastante inusual aunque pongas un avalador. Pero el que reza para los ingresos es el titular de la hipoteca...¿o la tenias solicitada antes de encontrarte en esta situación?
Ya me contaras. Como te ha ido todo...
Gracias por la respuesta. Entiendo de que de ninguna de las maneras me puedn obligar a escriturar con el tipo de contrato que tengo, es más me tienen que devolver ese 25%.aunque tenga concedido el 100x100 de la hipoteca .
Una ultima cosa que quiero que me aclares. Con este contrato se me puede obligar, demandandome claro, a que un juez me obligue a comprar ya que como te he dicho tengo el total de la hipoteca aprobada
sobre lo que me preguntas de la concesión de la hipoteca, pues, se me ha tramitado a principios de abril, cuando ya estaban ellos enterado de que estaba en paro.yo la solicite la subrogación en la misma localidad donde resido, ya que el piso de la inversión esta en otra provincia pero cerca, y aquí me la denegaron.le pasaron toda la documentación a ellos, ya que claro esta son de la misma entidad pero diferentes oficina. La diferencia reside en que al tener ellos la hipoteca concedida para la edificación de la obra, pues, ya no tine que solicitarse la subrogación mía a su central, solo a su delegación, y donde resido tenia que ir a la central la solicitud. Supongo que como en su delegación tienen aprobada la operación pues les es más fácil. Es es lo que entendí yo
saludos
No tengo tanc laro que consigas recuperar todo el dinero. Lo que si es claro es que obligarte a escriturar no pueden. El tema de la hipoteca tampoco lo veo claro porque en el momento de darte la subrogación te pedirán documentación de tus ingresos y actualmente no los tienes. La entidad es la misma sea la que sea la delegación por donde la tramites. Te la aprueban por riesgo de oficina, pero sigo sin verlo claro.
Suerte

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