Cancelar contrato compra-venta

Hace un año firmé un contrato de compraventa y por motivos personales necesitaría cancelar, si es posible legalmente, el contrato. Dimos una cantidad inicial y cada mes damos otro importe. El único párrafo que hace alusión al tema es el siguiente:
*En caso de impago de algunas de las cantidades del precio de la venta a su respectivo vencimiento, y requerida notarialmente la parte compradora para que pague o para que otorgue escritura pública de compraventa, se subrogue a la hipoteca, en su caso, y pague el importe previsto para el acto de entrega de llaves, no lo hiciere dentro de los 15 dias siguientes al requerimiento, la parte vendedora podra optar entre reclamar el importe, o dar por totalmente resuelto el contrato, en cuyo caso pondra a disposicion de la parte compradora el 90% de las cantidades que ésta haya pagado, reteniendole la parte vendedora el restante 10% en conceptos de indemnizacion de perjuicios y como clausula penal libremente pactada por las partes.

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Lo que ocurre es que hace referencia a el impago por parte de vosotros de las cantidades, pero no habla en concreto de la resolución del contrato por voluntad del comprador.
Me gustaría saber si las entregas de dinero son a cuenta, o la primera fueron arras.
La diferencia es que sin son arras las pierdes si es dinero a cuenta, en principio el vendedor podría obligarte, porque el está cumpliendo su parte, judicialmente a comprar, pero en la practica no se hace, no se cual es el motivo por el que no quiieres comprar, pues hay motivos legales que te amparan para dejar sin efecto el contrato,( error en la superficie, cuando se teme por la perdida de la vivienda, requerimiento por falta de pago ...) pero en tu caso no creo sea una de estas causas .
Yo entiendo que debe poner algo más en cuanto al a resolución del contrato, seguro, revisa de nuevo todos los documentos, y si no yo entiendo que se aplicaría ese porcentaje del 10% en concepto de indemnización, pues se ha establecido como clausula penal, y de hecho es la práctica habitual en estos casos.
Hola; primero darte las gracias por responderme.
En ningún sitio pone que yo pueda ejercer el derecho a cancelar el contrato, o no se verlo. Pero lo que escribí en el primer mensaje es literalmete lo que pone el contrato.
En cuanto a los pagos, el primero fue una paga y señal como reserva del piso. Los siguientes han sido dentro del contrato de compraventa.
Y el motivo de mi necesidad de cancelar el contrato es sinceamente que, debido a la situación actual de la vivienda, no podré afrontar el formalizar la escritura e hipoteca de la nueva vivienda, si no vendo antes la mía. Y de momento esta muy difícil, aun bajando el valor de la vivienda muy por debajo del valor de tasación de hace un año y por debajo de las viviendas de al rededor.
Supongo que se me plantea una situación en la que me obligaran a escriturar (aunque no se si me darán una hipoteca por valor de las dos viviendas, y que tampoco creo que pueda pagar), y si no pago, el consiguiente embargo, y a la calle con dos niños.
No se si eso es argumentable ante un juez, para poder resolver el contrato. Aun estoy dispuesto a perder todo lo que he dado pero que no me obliguen a escriturar. Podría seguir adelante.
Un saludo y muchas gracias de antemano.
Debes hablar con la promotora y cancelar el contrato y asumir que vas a perder parte del dinero entregado, no se si te has planteado venderle el piso a la promotora o intentar venderlo antes de escriturar el nuevo .
Si no cancela el contrato y pierde la parte del 10%, no creo que te obliguen a escriturar, a veces en la clausulas del contrato se condiciona la venta a la aprobación de la hipoteca, miralo también .
Espero puedas solucionarlo, habla con la promotora que construye a ver por donde salen y a partir de ahí me lo comentas e intentaré asesorate lo mejor posible .
Hola;
Hablé con la promotora hace dos días. Su representante, el que me vendió el piso, me dijo que la intención de la promotora es llegar hasta el final con el primer cliente. Que en marzo del año que viene (el piso está previsto entregarse en sept. 2009), me pasara otra vez a hablar con él si no habíamos vendido el piso, que formalizaría una reunión con los dueños para no se qué.
Pero me quedó bastante claro esa frase: llegar hasta el final con el primer cliente.
Mi intención es comprar el piso, pero sólo lo puedo hacer si vendo el mío por un precio que me llegue para hacer el cambio.
Por otra parte el siguiente redactado ¿me obliga a escriturar e hipotecar? :
... del precio de la venta a su respectivo vencimiento, y requerida notarialmente la parte compradora para que pague o para que otorgue escritura pública de compraventa, se subrogue a la hipoteca, en su caso, y pague el importe previsto para el acto de entrega de llaves...
Párrafo que incluí en el primer mensaje.
Lo de venderles el piso otra vez a ellos o a otra persona creo que me quedó claro con la idea de ellos de acabar la operación con el primer cliente.
Un saludo y muchas gracias.
El párrafo que me lees es en caso de impago por parte tuya, previo requerimiento notarial, el vendedor puede resolver el contrato, pero tal y como ha ido la conversación entiendo que lo que quieren es que compres .piensa que son malos momentos para todos incluido ellos y no pueden tampoco perder ventas .
Yo confío en que venderás tu piso y sino es así en marzo haces otra sentada y si de tan la opción de resolver en contrato valoras lo que pierdes, porque ya no es solo escriturar y comprar y pagar la hipoteca, son los gastos que se generan con esa compra, pago del iva, notario, gastos de impuestos.
A ver si vendes el tuyo y esto se queda solo en una mala pesadilla.
Muchísimas gracias por las aclaraciones. Esperaré un tiempo como me dijeron ellos y si la cosa me sigue igual volveré a hablar con ellos.
De todas maneras, no me queda muy claro si estoy obligado a comprar y si no puedo, me embargarían mis bienes. ¿Puedes aclararme esta duda?.
Un saludo.
NO te pueden obligar a comprar si reslamente no puedes comprar, pero no esperes que te requieran notarialmente para la firma .
Da por perdido lo entregado, en el porcentaje establecido y rescinde el contrato.
Espérate a la fecha que te han dado y habla con ellos .
No te pueden obligar, pero tu tampoco puedes reclamar que te lo entreguen todo, piensa que si reclamases vía judicialel juez nunca te daría la razón a ti, y encima pagarías las costas judiciale
Así que lo peor que te puede pasar es que pierdas lo entregado según lo que pactaste.

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