Inquilino moroso

Buenas tardes tenemos un inquilino en el primer piso que debe el pago de la comunidad desde que entró al piso, este chico ha sido avisado de que los recibos de la comunidad se tienen que pagar una vez al mes por por importe, de esto ya hace una semana.Los dueños están avisados y dicen que el inquilino firmo que el tenia que pagar los recibos y que si hay que hacer algo que lo denuncie yo al inquilino(soy la presidenta). La verdad es que necesito asesoramiento urgentemente porque ya son cuatro meses y tengo otros dos pisos más arriba que también son inquilinos que dicen que si el del primero no paga los recibos que ellos tampoco lo harán. Gracias por atenderme

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El que tiene la obligación de pago con la comunidad es el propietario del piso.
Lo que ponga el contrato de alquiler a la comunidad ni le importa ni le obliga a nada.
Envíele un burofax al propietario del piso reclamándole las deudas de cuotas. Si en un plazo prudencial, el que usted considere, no le contesta convoque una junta de propietarios con el punto del orden del día en el que se comunique las deudas de los propietarios y la propuesta de reclamarlas judicialmente. Si la Junta aprueba dichas deudas podrá iniciar un proceso monitorio.
Usted como presidente tiene la obligación de comunicarlo a la Junta de Propietarios y la Junta de Propietarios decidirá lo que se hace. Usted no puede iniciar ningún proceso judicial sin el permiso de la Junta de Propietarios, reunida al efecto.
Si precisara alguna aclaración no dude en consultarme de nuevo.
Buenas noches todo lo que me explica de momento lo entiendo, pero no tengo la dirección del propietario del primer piso y no se si me la dará si le digo que es para mandarle un burofax.Es una mujer un poco arisca, con decirle que hace tres años hice una reforma en casa y dije de cambiar el bajante subterráneo de uralita y ella respondió que no que era mucho dinero y los demás le hicieron caso.(Ahora tengo mi casa que se me inunda de aguas residuales y hay que cambiar todo el bajante por uno de PVC, por lo que habría que levantar todo el suelo de mi piso). Otra pregunta no se si me la sabrá responder, pero si se le hace una denuncia a la comunidad y esta debe de pagar un importe, dicho importe quien lo pagaría los vecinos de su propio bolsillo o el seguro de la comunidad. Gracias
Me plantea diversos temas. Vamos por partes.
El propietario, según marca la ley de propiedad horizontal, debe dar a la comunidad la dirección en la que quiere recibir las notificaciones de la comunidad. Si no la da, se le enviara la notificación al propio piso de la comunidad. Siempre de forma fechaciente. (El burofax con acuse de recbo es una forma de hacerlo).
Si se le inunda su piso y es por causa de las conducciones comunitarias, corresponde a la comunidad su arreglo. Pida presupuestos y convoque Junta de Propietarios en la que se apruebe la reparación y las cuotas extras para pagarlo.
Hay que leer la póliza de seguros para ver si cubre la eventualidad que expone. De todas formas llame a la compañía del seguro y pásele el parte del siniestro, ellos le indicaran si lo cubren o no.
Normalmente el seguro no repone tuberías antiguas que se deterioran por su falta de mantenimiento. Si debe cubrir los daños que ha originado la inundación. (Observe si en la póliza indica que cubre los daños ocasionados por aguas comunitarias).
De nuevo le indico que si tiene alguna duda, consúlteme de nuevo.

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