Pago de ibi

Muy buenas.Mi pregunta es la siguiente. Vivo en una urbanización a las afueras de madrid, en la cual la calificación de suelo es rustico .Todo el mundo ha ido edificando con el paso de los años.La propia urbanización ha costeado luz agua,(no del canal si no de pozos privados)y asfaltado de las calles.El ayuntamiento se niega otorgarnos suelo urbano por que dice que no cumplimos requisitos mínimos como zonas verdes, calles más anchas y tal... Y ha ideado que hagamos una junta de compensación pra que este proceso nos salga más barato.
Mientras, llevan más de 15 años cobrando el IBI como suelo urbano en la referencia catastral, actualmente en mi caso particular he pagado más de 1100 euros.Mi pregunta es la siguiente:¿Esto qué hace el ayuntamiento es legal? ¿Tienen derecho a cobrarnos un ibi cuando no tenemos ni agua del canal de isabel II?
Gracias.

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El IBI si lo tienen que cobrar aunque el suelo sea rustico. Lo que si debe comprobar es si el importe se adapta a la calificación de rustico. Pero en eso yo no le puedo ayudar.
Lo más conveniente sería, que junto a otros propietarios que hay por la zona, vieran lo que paga cada uno. Comparen los importes de IBI con otros que tengan la calificación de urbanizable. Si observan las diferencias que usted denuncia, hagan la reclamación en conjunto. Hagan llegar al Ayuntamiento sus discrepancias.
Es lo único que se me ocurre, no es un tema de que encuadre dentro de la Ley de Propiedad Horizontal.

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