Cambio de contadore a la panta baja

Hola,
En mi comunidad se ha recibido una notificación, creo que de Unión Fenosa, en el que se nos da un plazo de un mes para comenzar las obras para bajar el cuarto de contadores de la ultima planta a la planta baja. Desconozco el texto exacto de la notificación, pero parece ser que se basa en una nueva normativa. ¿Puede la empresa suministradora hacer esto no debe supervisar esto alguien de la administración?
Se, que esto se ha hecho en otros bloque cercanos más o menos con la misma antigüedad. Y en algunos solo se ha cambiado la caja contenedora de los contadores y las puertas sin obligar a bajar los contadores y las acometidas a la palnta baja. ¿En qué se pude basar esta disparidad de cirterios?

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El servicio del suministro de energía eléctrica esta regulado por la Comunidad correspondiente. Consiga el contenido de la normativa a la que se refiere. Las normativas normalmente son para los edificios nuevos. Si incluyen a los edificios antiguos es probable que las modificaciones que haya que hacer son subvencionadas.
Hola,
Gracias por tu respuesta. Parece ser que está basado en la normativa del Real Decreto del 2002 y una supuesta ispección que ha hecho unión fenosa pero de la cual no tenemos constancia ningún vecino. ¿Sabrías decirme que organismo de la comunidad de Madrid nos podría informar sobre esto?
Casi con toda probabilidad puede dirigirse a la delegación de Industria.

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