Firma en Junta Extraordinaria.

Se celebró una Junta Extraordinaria, ¿debe ser firmada por el propietario (respaldado por mayoría) que la convocó o por el Presidente?

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El acta la firmará el presidente puesto que aún convocando junta el 25% de los propietarios quien preside la junta es el presidente de la comunidad. Independientemente de que los acuerdos le perjudiquen o no sean de su agrado, debe firmar el acta. Y si ésta no es de su conformidad luego podrá optar a impugnarla siguiendo el procedimiento que corresponde.

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