Titulo constitutivo

Hola de nuevo
Como muchos vecinos nos temíamos, solo es cuestión de tiempo que nos la "cuelen" de manera sibilina . En el acta de la última reunión, figura la información que hizo el administrador acerca de la situación de una parcela que tenía servidumbre gas natural y ahora ya no existen depósitos. Se voto y no se obtuvieron las 3/5 partes para hacer "una pista para jugar al balón, y pista de patinaje para los niños" (ambas cosas prohibidas en las normas de la comunidad suscritas por todos los propietarios en su día). Ahora sale el administrador diciendo que ha hecho una consulta a la asesoría jurídica de su Colegio Profesional (pero no tiene el informe por escrito, a pesar de haberlo pedido hace meses) ¿Por qué será?
Tengo que aclarar que los vecinos jamás nos hemos negado a que dicha parcela se limpie y adecente, cosa que por otro lado creo que estamos obligados a ello, para evitar incendios etc...
Pues bien, amparándose en que en la escritura de obra nueva se asigna a cada una de las fincas una cuota de participación y que los elementos comunes se mantedrán en común, no afecta al titulo constitutivo y por lo tanto pueden tirar sólo por mayoría simple una valla que hay separando dichas zonas, además dicen que como poner hormigón y pintarla con una "pintura especial" no es consttrucción de nueva planta, cito textualmente "no hay que confundir una construcción de nueva planta, con un adecentamiento, acondicionamiento de una zona común", sólo es exigible la mayoría simple o sea que como dije antes, nos la van a "colar" a los vecinos que además votamos mayoritariamente que no queríamos eso,. Pero como algunos no van a las reuniones pues la cosa está hecha (sólo por un voto ) en todas las ocasiones porque como digo de manera sibilina, y teniendo a la presidenta a favor, saben lo que se va a tratar, como, cuando y los que tienen que ir. A no ser que hagamos campaña y llevemos los votos de los que no van . ¿podría alguien decirme si esto es normal, sobre todo teniendo en cuenta que lo que se va a hacer además contraviene las normas de la propia comunidad?
Volver arriba

1 Respuesta

Respuesta
1
La mayoría de 3/5 no es para acuerdos sobre puntos lúdicos, sino servicios de carácter no lúdicos "ascensor, portería, conserjería, vigilancia u otros de interés general". Hay jurisprudencia que dise que otros servicios de interés general pero afines a los citados textualmente y no otros.
Respecto a tener adecentada la parcela, entiendo más bien que son trabajos de obligatorio cumplimiento para los titulares de la parcela, y que no necesita someterse a ningún régimen de mayorías.
Muchas gracias, ¿debo entender por su respuesta que al ser temas lúdicos necesitaría la unanimida, ya que se trata de una modificación de zonas comunes?
¿Se podría tirar dicha valla?
Por favor, concreteme un poco más sus respuestas.
De todas formas ha sido muy amable

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas