Altura valla jardín
Hace poco adquirimos un adosado en una urbanización donde todo y que llevaba algún vecino más de un año no habían formado comunidad, algunos de ellos ya han modificado sus jardines, otros han puesto pérgolas, otros toldos.
Todas las casitas tienen una valla de 1m de altura con unos setos todavía muy pequeños y no tapan nada.
Hace poco ya se formó comunidad y en la 2ª reunión (a la que nosotros no pudimos asistir) se trataron temas relacionados con todo esto.
Nosotros al adquirir la casita lo primero que pensamos era en poner seto artificial por lo menos a una altura de 1.5m o más, ya que no tenemos INTIMIDAD ninguna, porque todo nuestro jardín dal jardín de 3 casas más, sin compartir valla excepto con una de ellas.
Nos han enviado un acta de la reunión dónde dice que la altura de la valla no se puede subir ni sobrepasar con seto, y quisiéramos saber si esto así, es más algún vecino tiene el seto instalado a 1.5m, anterior a la reunión al igual que pérgolas y toldos, y respecto a eso se dice que no se pueden poner pérgolas colladas a pared y han de ser abiertas y que las que ya estén puestas sirvan de pauta para los demás, (son colladas, algunas de madera y otras de hierro).
Otros afectando bastante a la estética de la urbanización han collado tendederos en pared a la entrada principal de la misma, han instalado casetas de madera en jardines, han ampliado porches con obra, ... En fin lo que han querido. Cuando en el proyecto todos eran iguales y con césped, pero el césped no lo colocó el constructor.
Quiero saber la normativa a aplicar ya que no me parece nada lógico esto de el que se haya espabilado antes lo ha puesto como ha querido y el resto a hacer lo que sólo han votado unos 10-14 vecinos, de 73 viviendas que hay, ya que hay muchas del constructor que se abstuvo de votar. Estos pocos vecinos son casas más escondidas y más económicas, que ponen de excusa las vistas a la piscina.
Todas las casitas tienen una valla de 1m de altura con unos setos todavía muy pequeños y no tapan nada.
Hace poco ya se formó comunidad y en la 2ª reunión (a la que nosotros no pudimos asistir) se trataron temas relacionados con todo esto.
Nosotros al adquirir la casita lo primero que pensamos era en poner seto artificial por lo menos a una altura de 1.5m o más, ya que no tenemos INTIMIDAD ninguna, porque todo nuestro jardín dal jardín de 3 casas más, sin compartir valla excepto con una de ellas.
Nos han enviado un acta de la reunión dónde dice que la altura de la valla no se puede subir ni sobrepasar con seto, y quisiéramos saber si esto así, es más algún vecino tiene el seto instalado a 1.5m, anterior a la reunión al igual que pérgolas y toldos, y respecto a eso se dice que no se pueden poner pérgolas colladas a pared y han de ser abiertas y que las que ya estén puestas sirvan de pauta para los demás, (son colladas, algunas de madera y otras de hierro).
Otros afectando bastante a la estética de la urbanización han collado tendederos en pared a la entrada principal de la misma, han instalado casetas de madera en jardines, han ampliado porches con obra, ... En fin lo que han querido. Cuando en el proyecto todos eran iguales y con césped, pero el césped no lo colocó el constructor.
Quiero saber la normativa a aplicar ya que no me parece nada lógico esto de el que se haya espabilado antes lo ha puesto como ha querido y el resto a hacer lo que sólo han votado unos 10-14 vecinos, de 73 viviendas que hay, ya que hay muchas del constructor que se abstuvo de votar. Estos pocos vecinos son casas más escondidas y más económicas, que ponen de excusa las vistas a la piscina.
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Respuesta de Isaguiver Mongar
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