Vivo en un primero y la vecina del bajo a instalado en su patio una pérgola cuyo tejado esta debajo de mis ventanas, queda a menos de un metro de mis ventanas. La pérgola la han instalado sin pedir permiso a la comunidad, ni a nadie. A mi me crea un a inseguridad pues es muy fácil acceder a mi casa por el tejado de la pérgola, que da a la altura de mi suelo. En la reunión de vecinos yo me queje y le han dicho que sin permiso de la comunidad lo tiene que quitar. No quieren quitarlo y no se como actuar, el administrador de la comunidad me dice que le manda cartas pero que no puede hacer nada. Como no quita la pérgola y la comunidad no hace fuerza para que lo quite he pensado denunciar a la comunidad. ¿Cómo lo hago?
En primer lugar es cierto que para instalar dicha pérgola en un patio de luces, hace falta el permiso de la Comunidad de propietarios del edificio, al ser una obra que afecta a un elemento común. Para que la comunidad acepte la obra, debe consentirla el 100 % de los propietarios, es decir, lo que se conoce como unanimidad. Si no es así, se tratará como es su caso de una obra ilegal, y como tal, puede vd. obligar a la Comunidad a actuar extrajudicialmente mediante requerimientos de esta al propietario de la obra (lo que ya está haciendo su administrador), o bien judicialmente a través de una demanda judicial contra su vecino por parte de la Comunidad, en la que esta le demandará frente a un juez para obligarle a retirar la pérgola litigiosa, o bien para que se haga a costa de su dueño- Si los requerimientos por carta no surten efecto, no queda otra vía que actuar a través del juzgado, para lo cual debe procurar que en la próxima reunión se incluya un punto en el orden del día que sea la de interponer las acciones judiciales que competan frente a la obra ilegal del vecino del Primero derecha, por ejemplo. En la Comunidad deberá haber una votación para proceder a través del juzgado, nombrándose abogado y procurador y poderse plantear una demanda. Si la votación es negativa (la mayoría de los vecinos suelen tener miedo del coste de la demanda judicial para la comunidad, y suelen votar negativamente a lo del juzgado) podrá vd. demandar individualmente a su vecino en defecto de la Comunidad. No hay que tenerle miedo al coste de la demanda, ya que lo normal es que el vecino disidente tenga que abonar todas las costas, tanto las de la comunidad como las suyas propias si se opone a la demanda. (El asunto de las obras en elementos comunes sin permiso de la comunidad suele ganarse casi siempre). En resumen: Hágale llegar un escrito al presidente y otro al administrador de la finca en el que se solicita la inclusión en la próxima junta de un punto en el orden del día que sea tratar la demada judicial. Quédese con una copia de su solicitud firmada por el presidente o el administrador por si en el futuro tuviera que proceder vd individualmente y para asegurarse de que tratarán el asunto en la reunión siguiente. Esto debería habérselo hecho saber el administrador de su edificio. Dígale que se tome el asunto con diligencia y organice una reunión urgente.