Cálculos de recibos por coeficiente erróneos

Haber si me puedes solucionar una duda.
Vivimos en una mancomunidad de 14 portales y, por lo visto, desde hace 8 años, los cálculos en el pago del servicio de limpieza se estaba aplicando mal, puesto que unos portales tienen más plantas que otros (unos 5 otros 6 y los de 7 plantas), y los pagos se han realizado erróneamente.
Los cálculos lo hizo un administrador y, al tercer año, se cambio de empresa administradora, y ésta continuó con el error.
Ahora la mancomidad reclama a los vecinos que han pagado de menos que se pongan al día, para que, los vecinos que han pagado de más reciban su dinero.
Pero en nuestro caso particular y sabemos que hay más, nosotros adquirimos la vivienda hace 2 años y tenemos un papel firmado por el administrador que afirma que el piso estaba libre de cargas.
Así como otro caso de dos vecinos nuevos, uno adquiere una casa que debe y el otro al que deben.
¿La empresa administradora no tiene ninguna responsabilidad? Porque nos dicen que no.
¿Tengo qué pagar los 8 años? O sólo los dos que son los que llevo viviendo. O ninguno.
Si en vez de hacer los cálculos mal, fuera que se decidió aplicar esos porcentajes y ahora se desea recalcular... Tendríamos que pagar lo mismo, 8 ó 2 o ninguno.

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En primer lugar, aunque los cálculos los hiciera un administrador, estos fueron aprobados por una Junta (y ratifiicados durante... 8 años); es decir, al margen de reclamaciones al administrador, que pudiera ser, es la Jutna la responsable última. Inicialmente, a los terceros (nuevos adquirentes desde que se aprobó) no les puede afectar si esas participaciones para la limpieza de cada portal no fueron inscritas, que entiendo que no. Por otro lado, la deuda (de haberla) no es de cada copropietario sino de cada comunidad, lo que ocurre que el dinero sale de cada bolsillo propietario. Ud. no tiene responsabilidad sobre deudas anteriores a la compra, así que ojo, que no salga de la cuenta ordianria el dinero para cubrir estas deudas; incluso en el supuesto de que ud. le hubiera librado al vendedor de presentar certificado, su responsabilidad seria de 2 años anterioresa a la compra.
Como conclusión, por supuesto ud. no tiene responsabilidad de elos 6 años anteriores a la compra y de los 2 últimos... yo argumentaría la no afección a terceros pero esto ya es más discutible.
Con respecto a la ultima cuestión, si se decide cambiar, no se puede aplicar la retroactividad. El nuevo sistema de pago funcionaria a partir de su aprobación.
Muchas gracias por responder tan rapido, completo y claro. Ayer en junta extraordinaria se votó a favor de hacer las cuentos por coeficiente y no como se han hecho en todos los años atrás.
Ahora está el tema de averiguar si estos cálculos están aprobados en junta (que yo creo que si) o es un error de la empresa administradora. Muestras tanto los edificios que han pagado de más ya amenazan con denunciar.
Gracias de nuevo y quisiera volver a contactar con usted si tuviera otra duda del tema.
Un saludo.
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Si tienes el justificante del administrador, diciendo que estaba al corriente de pagosel piso que compraste, solo debes pagar lo de los años que te corresponde, el resto habría que reclamárselo al anterior propietario.
Si no ha habido una reclamación por medio, las deudas reclamables solo lo son de los 5 últimos años.
Quien cometió el error no es responsable puesto que los vecinos lo aceptasteis durante años

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